Ramon Hugo Machicote c/ Empresa Rojas S.a.e.
Una querella por falso testimonio fue sobreseída en dos oportunidades por la Cámara en lo Criminal y Correccional. La Corte Suprema hizo lugar a la queja y revocó la última resolución, por considerar que su fundamentación era ininteligible y no respondía a los agravios del querellante, lo que lesionaba la garantía de defensa en juicio.
Actor/Querellante: José María Orgeira
Imputado: Guillermo Segundo Goyena (por el delito de falso testimonio, en una causa de reconocimiento de paternidad y rendición de cuentas vinculada a la sucesión de Héctor Roberto Goyena)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Querella por falso testimonio, originada en la declaración de Goyena en un juicio de rendición de cuentas, en la que negó conocer la vida privada de su hermano y su convivencia con Norma Coronel.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la queja y se revocó la sentencia de la Sala IV que confirmó el sobreseimiento definitivo. Se ordenó dictar una nueva sentencia conforme a derecho.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"la obligación que incumbe a los jueces de fundar sus decisiones va entrañablemente unida a su condición de órganos de aplicación del derecho vigente no solamente porque los ciudadanos puedan sentirse mejor juzgados, ni porque se contribuya así al mantenimiento del prestigio de la magistratura, sino porque la mencionada exigencia ha sido prescripta por la ley. Ella persigue también la exclusión de decisiones irregulares, es decir, tiende a documentar que el fallo de la causa sea derivación razonada del derecho vigente y no producto de la voluntad individual del juez (Fallos: 236:27)."
"El mismo sentido republicano de la justicia exige la fundamentación de las sentencias porque esta última es la explicación de sus motivaciones (confr. causa: G.153.XXIII, 'Guzmán, Rodolfo Eduardo s/homicidio agravado - inconstitucionalidad', resuelta el 23 de abril de 1991, considerando 10)."
"Al uso de términos que no existen en el idioma castellano se agrega una sintaxis que conspira contra una clara comprensión de argumentos que, por tanto, no logran fundar mínimamente la nueva resolución."
"Estas expresiones que, sumadas a las de la sentencia de primera instancia no responden a los agravios del querellante, lesionan la garantía de la defensa en juicio; que exige una sentencia fundada y comprensible para el justiciable."
Antecedente: la Corte ya había revocado un sobreseimiento anterior (fs. 130/134) por considerar que la garantía del art. 18 CN contra la autoincriminación sólo rige en causa penal, no en materia civil, y que la fundamentación era dogmática.
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Normas que cita
- Ley 9688art. 17
- CCarts. 1113, 1113 párr. 2° · Codigo civil
- Ley 48art. 16 · Justicia nacional
- Constitución Nacionalart. 18 · Constitucion nacional
Fallos que cita
- Soto, Carlos Ángel c/Monibes S.A.CSJN · 15/04/1986 · Fallos 307:1735
- Guzmán, Rodolfo Eduardo s/homicidio agravado - inconstitucionalidadCSJN · 23/04/1991 · Fallos 236:27
- Orgeira, José María s/querella por falso testimonioCSJN · 28/04/1992
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