David Domingo Cavanna
La Corte Suprema concedió por única vez a la titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 6 licencia sin goce de haberes entre el 1º de febrero de 1990 y el 31 de diciembre de 1991. En el mismo acto dispuso hacer saber al Poder Ejecutivo y al Congreso que corresponde convocar a un magistrado jubilado o retirado para subrogar al titular.
Demandante/solicitante: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, que solicitó se convoque a un magistrado jubilado o retirado en reemplazo de la titular.
Demandado/afectado: No corresponde (procedimiento administrativo de superintendencia).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Licencia sin goce de haberes de la doctora Ana María R. Brilla de Serrat, titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 6, y designación de subrogante.
¿Qué se resolvió?
Se concedió la licencia sin goce de haberes por el período indicado, y se resolvió comunicar al Poder Ejecutivo y al Congreso la necesidad de convocar un magistrado jubilado o retirado para subrogar al titular, remitiéndose copia de la lista de conjueces.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Conceder (X)f única vez ... licencia sin goce de haberes ... (art. 13 del R.L.J.N.)". "Hacer saber al Poder Ejecutivo y al Congreso de la Nación que corresponde convocar a un magistrado jubilado o retirado para subrogar al titular (art. 13 ley 18.464, t.o. decreto 2.700/83), ley que ha sido observada, desde su sanción hasta la fecha por el Estado, a través de sus organismos previsionales y no objetada por los particulares (confr. doctrina resolución Nº 801/89 - 'Zapatero de Ruckauf')." No se registran votos en disidencia.
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Normas que cita
- Ley 18.464art. 13 · Prevision social
- Decreto 2.700/83
- Reglamento de Licencias de Jueces Nacionales (R.L.J.N.)art. 13
Fallos que cita
- Zapatero de RuckaufCSJN
- Fallos 266:230CSJN
- Fallos 305:1495CSJN
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