Leonardo Barujel V, Galerias Broadway S.r.l. y Ütro
La actora reclamó por incumplimiento contractual en la venta de billetes de lotería en locales de Galerías Broadway. La Corte Suprema dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Comercial, que había rechazado la demanda al apartarse de los términos de la litis y fundar su decisión en una defensa no alegada por la demandada.
¿Quién es el actor?
Leonardo Barujel.
¿A quién se demanda?
Galerías Broadway S.R.L. y otro.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización de los daños y perjuicios derivados de un incumplimiento contractual. Según la actora, las partes habían convenido la venta de billetes de la Lotería de La Rioja en los locales de la demandada, que debía proveer el espacio con la habilitación municipal correspondiente, repartiéndose las ganancias por mitades.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró admisible el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia de la Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, que había revocado la sentencia de primera instancia y rechazado la demanda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"en principio, determinar las cuestiones comprendidas en la litis es materia ajena al ámbito del remedio federal, tal regla admite como excepción los supuestos en que media manifiesto apartamiento de la relación procesal, lo que ocurre cuando, como en el caso, la sentencia se funda en el acogimiento de una defensa no alegada, en una instancia del juicio que veda a la actora toda posibilidad de discutir su procedencia".
"el a quo se apartó de los términos de la litis y de los alcances de la apelación deducida, en tanto al juzgar que, contrariamente a lo sostenido por la demandada en el proceso, el contrato fue efectivamente celebrado entre las partes, asignó fundamental relevancia a la tardía constitución en mora en el cumplimiento, lo cual no fue esgrimido como defensa por Galerías Broadway S. R. L."
Sobre el lucro cesante, la Cámara lo denegó "por un período tan breve", lo que "determina la falta de fundamentación del aserto, máxime si se considera que dicho período alcanzó a 4 días".
Respecto de los sueldos del vendedor, la demandada "nunca alegó la innecesariedad de su contratación previa a la puesta en funcionamiento del stand, como lo hizo el a quo para desestimar la pretensión".
"media relación directa e inmediata entre lo resuelto y las garantías constitucionales que se dicen vulneradas (art. 15, ley 48)".
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Normas que cita
- Ley 48art. 15 · Justicia nacional
Fallos que cita
- Barujel, Leonardo c/ Galerías Broadway S.R.L. y otroCSJN · 26/12/1989 · Fallos 306:1159
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