JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Arnaldo Vicente Gil c/ Ferrocarriles Argentinos

La Corte confirmó la sentencia que declaró admisible el recurso extraordinario de la empresa Ferrocarriles Argentinos y, en cuanto al fondo, rechazó la caducidad y reconoció que el trabajador podía reclamar directamente la indemnización por prescindibilidad sin acto administrativo previo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 312:2254
Prescindibilidad Ley 21.274 Ferrocarriles argentinos Recurso extraordinario Reclamo administrativo previo Art. 32 ley 19.549 Indemnizacion alimentaria Derecho administrativo Empleo publico Ley 48

¿Quién es el actor?

Arnaldo Vicente Gil, ex empleado de Ferrocarriles Argentinos. Demandado: Ferrocarriles Argentinos. Objeto: diferencias de indemnización por prescindibilidad (ley 21.274). Decisión: la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba (Sala B), por mayoría, confirmó la decisión de primera instancia que no aplicó el art. 25 inc. a) de la ley 19.549 (reclamo administrativo previo). La Corte Suprema declaró admisible el recurso extraordinario y confirmó la sentencia apelada, con costas. Fundamentos: la Corte no está limitada por las posiciones de las partes en la interpretación de normas federales (Fallos: 307:1457); el ejercicio de las facultades de la ley de prescindibilidad se rige por principios de derecho administrativo (Fallos: 307:349). Como no se pidió reincorporación ni se impugnó el acto de prescindibilidad, sino el monto de la reparación, el actor podía demandar directamente (art. 32, ley 19.549), pues su pretensión es independiente de un acto denegatorio (causas Elverdín y Gamboa, 30/3/1989). Además, la indemnización al obrero tiene contenido alimentario, por lo que carece de relevancia que el pago haya sido percibido sin reservas (doctrina de Suárez, Manuel R., 21/3/1989).

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