Omar Alberto Alegre y Oroo c/ Jockey Club de la Provincia de Buenos Aires
Los actores reclamaron ante la justicia provincial contra el Jockey Club de la Provincia de Buenos Aires por una controversia de naturaleza laboral. El Superior Tribunal local decidió sobre la base del derecho común y de la voluntad de las partes de someterse a la ley de contrato de trabajo, y el recurso extraordinario planteado fue analizado por la Corte bajo la doctrina de arbitrariedad.
¿Quién es el actor?
Omar Alberto Alegre y otros.
¿A quién se demanda?
Jockey Club de la Provincia de Buenos Aires.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
no surge del sumario.
¿Qué se resolvió?
no surge del sumario el dispositivo final.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Los arts. 104 y 105 de la Constitución Nacional invocados por la apelante "no guardan relación directa e inmediata con la materia del pronunciamiento", porque las conclusiones del fallo afirman el derecho local y las potestades provinciales, interpretando la voluntad del legislador de someterse voluntariamente a las reglas laborales comunes.
"La doctrina de la arbitrariedad es de aplicación estrictamente excepcional y no puede pretenderse, por su intermedio, el reexamen de cuestiones no federales cuya solución es del resorte exclusivo de los jueces de la causa si no se demuestra un notorio desvío de las leyes aplicables o una total ausencia de fundamentación."
"La doctrina de la arbitrariedad no pretende convertir a la Corte Suprema en un tribunal de tercera instancia, ni tiene por objeto corregir fallos equivocados o que se reputen tales."
Aunque la conclusión del Superior Tribunal local difiere de la de la Corte respecto de la presunción de fraude del art. 30 de la ley de contrato de trabajo, al tratarse de una norma de derecho común y hallarse "sin inteligencia suficientemente fundada", el fallo queda al abrigo de la tacha de arbitrariedad.
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Normas que cita
- Constitución Nacionalarts. 104, 105 · Constitucion nacional
- Ley 20.744
Fallos que cita
- Fallos 301:1218CSJN
- Fallos 302:588CSJN
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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