Alberto Crudo
Se trató de un hábeas corpus presentado directamente ante la Corte Suprema. La Corte declaró improcedente la presentación porque los recursos de hábeas corpus son extraños a su competencia originaria, reglada por el art. 101 de la Constitución Nacional.
Actor / peticionante: Miguel Ángel Julián.
Demandado / autoridad requerida: no identificada en el texto.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
hábeas corpus presentado ante la Corte Suprema (fs. 1/3 vta.).
¿Qué se resolvió?
se declaró improcedente la presentación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los recursos de hábeas corpus son extraños a la competencia originaria de la Corte Suprema, reglada por el art. 101 de la Constitución Nacional."
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Normas que cita
- Constitución Nacionalarts. 18, 101 · Constitucion nacional
Fallos que cita
- Fallos 290:293CSJN
- Fallos 297:134CSJN
- Fallos 298:308CSJN
- Fallos 306:467CSJN
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