Eme Ce S. A. c/ Empresa Nacional de Telecomunicaciones
Una empresa locataria promovió reclamo por el reajuste de cánones locativos de un contrato de locación con Empresa Nacional de Telecomunicaciones. La Corte Suprema dejó sin efecto la sentencia que calculó la diferencia de cánones comparando montos expresados a fechas distintas y ordenó considerar las diferencias reconocidas en el período anterior.
¿Quién es el actor?
EME CE S.A.
¿A quién se demanda?
Empresa Nacional de Telecomunicaciones (ENTel).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste del canon locativo de un contrato de locación, comparando la actualización por inflación real con la actualización por inflación previsible.
¿Qué se resolvió?
se dejó sin efecto la sentencia recurrida. Se consideró arbitraria por adoptar valores no comparables a niveles constantes (un monto estimado a octubre de 1984 frente a una suma calculada a octubre de 1985), y por omitir, en el cálculo de los alquileres posteriores a octubre de 1985, las diferencias reconocidas por el año anterior, que se incorporan al canon y sirven de base para los meses siguientes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
el sumario indica que la sentencia, pese a afirmar lo contrario, no comparó valores a niveles constantes. Que no es razonable omitir las diferencias reconocidas en el período anterior, ya que se incorporan al canon locativo y constituyen la base de la renta posterior. El texto disponible es un sumario y no transcribe los considerandos, por lo que no se pueden citar párrafos textuales de la sentencia.
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