JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Enrique Omar Cerruda c/ Roberto Varela

El actor Enrique Omar Cerruda promovió recurso extraordinario federal contra la sentencia de un tribunal del trabajo, cuya concesión fue cuestionada por no fundarse en los requisitos de procedencia. La Corte Suprema declaró la nulidad de la resolución que concedió el recurso extraordinario, por no haberse pronunciado sobre el requisito del tribunal de origen de la sentencia ni fundado adecuadamente la concesión en la doctrina de la arbitrariedad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 311:1988
Recurso extraordinario Requisitos propios Tribunal superior Nulidad de concesion Fundamentacion del auto de concesion Doctrina de la arbitrariedad Cuestion federal Relacion directa Tribunal del trabajo Sentencia definitiva.

¿Quién es el actor?

Enrique Omar Cerruda

¿A quién se demanda?

Roberto Varela

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso extraordinario federal contra sentencia de un Tribunal del Trabajo.

¿Qué se resolvió?

Se declara la nulidad de la resolución que concedió el recurso extraordinario, por no haberse pronunciado sobre si se encontraba observado el requisito referente al tribunal del que debe provenir la sentencia apelada, y se declara la nulidad de la concesión basada en la doctrina de la arbitrariedad, por falta de fundamentación suficiente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El auto de concesión del recurso extraordinario debe resolver circunstanciadamente si la apelación federal, 'prima facie' valorada, cuenta respecto de cada uno de los agravios que la originan, con fundamentos suficientes para darle sustento; lo que es exigible no sólo cuando el recurso se basa en la doctrina de la arbitrariedad, sino también en los casos en que se invocan cláusulas constitucionales, respecto de la relación directa que ellas deben guardar con la cuestión objeto del pleito." Asimismo: "Si la concesión del remedio federal no aparece debidamente fundada con arreglo a los principios que emergen de la jurisprudencia de la Corte referida al tribunal del cual debe provenir la sentencia definitiva susceptible de recurso extraordinario, corresponde declarar la nulidad de aquél acto procesal al no dar satisfacción a los requisitos idóneos para la obtención de la finalidad a la que se halla destinada." (Voto del Dr. José Severo Caballero.)

Fallos que cita

  • Picón, Miguel Angel Ramón d/ Catamarca - Rioja Refrescos S.A.CSJN · 11/12/1986
  • Fallos 310:2212CSJN
  • Fallos 308:490CSJN
  • Fallos 310:2122CSJN

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