JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Prenova S. A. c/ Asoclacion Cooperadora 9 de Julio y Otra

La actora promovió demanda contra la Asociación Cooperadora 9 de Julio y otra codemandada, y la sentencia impuso las costas a la parte actora por la admisión de la excepción de falta de legitimación para obrar opuesta por una codemandada, apartándose del principio general del artículo 68 del Código Procesal sin fundamentar. La Corte Suprema dejó sin efecto la sentencia por arbitrariedad, al carecer de fundamentación suficiente y prescindir de la norma aplicable.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 311:1516
Recurso extraordinario Arbitrariedad Falta de fundamentacion Costas Principio objetivo de la derrota Articulo 68 codigo procesal civil y comercial de la nacion Falta de legitimacion para obrar Excepciones Codemandada Asociacion cooperadora 9 de julio

¿Quién es el actor?

PRENOVA S.A.

¿A quién se demanda?

Asociación Cooperadora 9 de Julio y otra codemandada (no identificada en el texto suministrado).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

DESCONOCIDO en el texto suministrado.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema dejó sin efecto la sentencia que impuso las costas por la admisión de la excepción de falta de legitimación para obrar opuesta por una codemandada a la otra codemandada, por apartarse del principio general del artículo 68 del Código Procesal sin exponer razones que lo justifiquen. Se configuró arbitrariedad por falta de fundamentación suficiente y por prescindir de la norma aplicable al caso.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El texto suministrado contiene únicamente los sumarios de la decisión (encabezados de jurisprudencia) y no transcribe los considerandos del fallo, por lo que no es posible transcribir textualmente los fundamentos de la Corte. Los sumarios señalan: (i) que corresponde dejar sin efecto la sentencia que impuso las costas por la admisión de la excepción de falta de legitimación para obrar, apartándose del principio general del artículo 68 del Código Procesal sin exponer razones que lo justifiquen; y (ii) que se configura arbitrariedad cuando el pronunciamiento carece de la debida fundamentación y prescinde de la norma aplicable al caso.

Normas que cita

  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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