JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Beton Construcciones Y. Provincia de Santa Fe

Beton Construcciones c/ Provincia de Santa Fe y Rodolfo Félix Duró: la Corte Suprema examinó un recurso extraordinario sobre admisibilidad formal, plazo de gracia y gravamen. Según los sumarios, se dejó sin efecto la resolución que, admitiendo la presentación material del escrito dentro del plazo de gracia, exigió que la actora compareciera personalmente, por considerarlo un exceso de rigor formal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 310:2075
Recurso extraordinario Requisitos formales Plazo de gracia Poder Exceso de rigor formal Sentencia arbitraria Gravamen Ley 23.492 Cosa juzgada Punto final

¿Quién es el actor?

Beton Construcciones (Beton Construcciones y.)

¿A quién se demanda?

Provincia de Santa Fe; en el segundo punto, Rodolfo Félix Duró (imputado).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

DESCONOCIDO (el fragmento no lo especifica).

¿Qué se resolvió?

Según el sumario, corresponde dejar sin efecto la resolución que decidió que era posible la presentación material de un escrito dentro del plazo de gracia, pero no que compareciese la actora haciéndolo, por constituir un exceso de rigor formal que conduce a la frustración del derecho.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Corresponde dejar sin efecto la resolución que decidió que era posible la presentación material de un escrito dentro del plazo de gracia, siendo el objeto enunciado en el poder, pero no que compareciese la actora haciéndolo, pues constituye un exceso de rigor formal que conduce a la frustración del derecho."

"Para rebatir el argumento de la Cámara referido a que el cumplimiento del mandato establecido por la ley 23.492 impedía un futuro procesamiento del recurrente y que ello lo privaba del gravamen requerido para la procedencia del recurso extraordinario, resultaba insoslayable demostrar que una resolución favorable de la cuestión planteada podía derivar en un beneficio real para el imputado, para lo cual era necesario acreditar: a) la existencia de una diferencia entre las consecuencias del progreso de la defensa de cosa juzgada y las derivadas de la aplicación lisa y llana de la ley 23.492, y b) que esa diferencia redundaba en una mejora para el apelante."

Nota: el fragmento es sólo el sumario editorial; el texto íntegro del fallo no fue provisto.

Normas que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.