JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Alberto Eduardo Flageat

La Corte Suprema rechazó el planteo de nulidad en la causa Flageat, por cuanto la actuación con mayoría absoluta de sus integrantes es válida conforme al artículo 23 del decreto-ley 1285/58. Asimismo, desestimó la queja en la causa Castro Viera, por cuanto las resoluciones que obligan a seguir sometido a proceso penal no revisten el carácter de sentencia definitiva y la invocación de garantías, arbitrariedad o gravedad institucional no suple esa falta.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 310:1485
Recurso extraordinario Sentencia definitiva Proceso penal Nulidad procesal Quorum de la corte Decreto-ley 1285/58 Gravedad institucional Arbitrariedad Perjuicio de imposible reparacion ulterior Ley 22.262

¿Quién es el actor?

Mariano Cúneo Libarona (en el primer expediente, recurrente en la causa Flageat, Alberto Eduardo, infracción ley 19.359); Bairesco S.A. (en el segundo expediente, recurrente en la causa Castro Viera, Gregorio Daniel, infracción ley 22.262).

¿A quién se demanda?

Alberto Eduardo Flageat; Gregorio Daniel Castro Viera.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

En el primer caso, planteo de nulidad respecto de la actuación del tribunal. En el segundo, recurso extraordinario contra la resolución de la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico que rechazó el planteo de nulidad contra el auto que revocó la resolución administrativa de archivo y ordenó proseguir la investigación.

¿Qué se resolvió?

En Flageat, no se hizo lugar al planteo de nulidad. En Castro Viera, se desestimó la queja.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Caso Flageat: "la actuación con la mayoría absoluta de los jueces que la integran es pertinente en los términos del art. 23, segunda parte, del decreto-ley 1285/58, texto según la ley 15.271 (Fallos: 255:46; 256:601; 291:387), pues la referencia que al 'tribunal pleno' se efectúa en la última parte de dicha norma, se vincula con el hipotético supuesto de que el Tribunal hubiese hecho uso de la facultad de dividirse en salas, -lo que no ha ocurrido-, único caso en que aquella expresión tiene sentido".

Caso Castro Viera: "Que de acuerdo con la doctrina del Tribunal, las resoluciones cuyas consecuencias sean la obligación de seguir sometido a proceso criminal no reúnen, por regla, la calidad de sentencia definitiva a los efectos del artículo 14 de la ley 48. Tal es lo que ocurre respecto de pronunciamientos que, como el de autos, no admiten nulidades procesales".

"Que si bien en este principio cabe hacer excepción en los casos en que la resolución recurrida cause algún perjuicio de imposible reparación ulterior, tal circunstancia no la constituyen las restricciones normales que derivan del sometimiento a juicio. En estas condiciones, la invocación de garantías constitucionales o de arbitrariedad no suple la ausencia de definitividad de la resolución impugnada, como así tampoco la de gravedad institucional, en la medida en que no se demuestre que la intervención de esta Corte no tuviera otro alcance que el de remediar -eventualmente- intereses particulares".

Normas que cita

  • Ley 19.359Sanciones
  • Ley 22.262arts. 27, 30
  • Decreto-ley 1285art. 23
  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional
  • CPCCNart. 28 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Juan A. Harriet S.A. y otros c/Córdoba, provincia y otras s/indemnización por daños y perjuiciosCSJN · 08/08/1985
  • Bolo, Ciro CristóbalCSJN · 27/06/1985
  • Goijman, Mario D.CSJN · 05/02/1987
  • Serafín Zurita e Hijos Bodegas Toledo S.A. c/Estado NacionalCSJN
  • Causa originariamente instruida por el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas en cumplimiento del decreto 158/83 P.E.N.CSJN · 05/12/1985
  • Fallos 255:46CSJN
  • Fallos 256:601CSJN
  • Fallos 291:387CSJN
  • Fallos 274:440CSJN
  • Fallos 276:130CSJN
  • Fallos 288:159CSJN
  • Fallos 295:405CSJN
  • Fallos 298:408CSJN
  • Fallos 236:284CSJN
  • Fallos 239:28CSJN

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.