JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Nestor Carlos Varni

El síndico y un accionista minoritario del Banco Oddone S.A. recurrieron por vía extraordinaria la confirmación de la intervención y revocación de la autorización para funcionar dispuestas por el Banco Central. La Corte declaró improcedente el recurso por carecer de fundamentación autónoma, al no rebatir todos los fundamentos de la sentencia impugnada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 310:1147
Recurso extraordinario Fundamentacion autonoma Requisitos formales Critica prolija Banco central Intervencion bancaria Revocacion de autorizacion para funcionar Liquidacion bancaria Debido proceso Defensa en juicio

Actor/recurrente: Néstor Carlos Varni, síndico integrante de la entidad, y José Cao Fernández, accionista minoritario.

Demandado/recurrido: Banco Central de la República Argentina.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación de las resoluciones nros. 103/80 (intervención del Banco Oddone S.A.) y 236/80 (revocación de la autorización para funcionar, con liquidación y pedido de quiebra conforme al art. 50 de la ley 21.526), confirmadas por la Sala N° 1 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Federal y Contencioso Administrativo de la Capital.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema declaró la improcedencia del recurso extraordinario concedido a fs. 154, confirmando lo resuelto por la Cámara.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

¿Cómo votaron los jueces?

"para la correcta deducción del recurso extraordinario es menester que se lo funde, dado su carácter autónomo, mediante un preciso relato de los hechos de la causa, de la materia federal en debate y de la vinculación existente entre ésta y aquéllos. El escrito respectivo debe contener una crítica prolija de la sentencia impugnada, ésto es, que el recurrente debe rebatir todos y cada uno de los fundamentos en que se apoya el a quo para arribar a las conclusiones que lo agravian."

¿Cómo votaron los jueces?

el recurso "no da satisfacción a la exigencia de ser suficiente en cuanto a su fundamento autónomo" y "no realiza una crítica prolija de la sentencia impugnada y omite rebatir todos y cada uno de los fundamentos".

Fallo unánime en cuanto a la improcedencia, con remisión al dictamen del Procurador General, Dr. Juan Octavio Gauna, quien consideró que los agravios "no son aptos para suscitar una solución distinta" a la expuesta en la causa análoga "Oddone, Luis Alberto y otros" (fs. 162).

¿Cómo votaron los jueces?

adhiere a los fundamentos y conclusiones del dictamen del Procurador General.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Oddone, Luis Alberto y otros e/resoluciones nos. 236, 238 y 363 del Banco Central s/recurso de apelaciónCSJN
  • Fallos 278:121CSJN
  • Fallos 279:16CSJN
  • Fallos 280:421CSJN
  • Fallos 283:404CSJN
  • Fallos 295:99CSJN
  • Fallos 296:639CSJN
  • Fallos 300:656CSJN
  • Fallos 285:308CSJN
  • Fallos 280:121CSJN

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