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Corte Suprema

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La Corte Suprema revocó la resolución que había rechazado el recurso de revisión y declaró que la inhabilitación absoluta del art. 12 del Código Penal quedó alcanzada por la reducción de penas de la ley 23.070. El fallo fue dictado por mayoría, con dos votos en disidencia.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 310:1019
Ley 23.070 Ley penal mas benigna Inhabilitacion absoluta Art. 12 codigo penal Reduccion de penas Recurso de revision Amnistia Conmutacion de penas Pena accesoria Computo de pena.

¿Quién es el actor?

Manuel Antonio Lago (condenado; recurso interpuesto por su defensa).

¿A quién se demanda?

Ministerio Público (acusación en la causa penal).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

que se deje sin efecto la inhabilitación absoluta de diecisiete años impuesta junto a la pena de quince años de prisión por asociación ilícita calificada, tenencia de material explosivo y lesiones leves.

¿Qué se resolvió?

revocar la sentencia de fs. 1005/1006 con el alcance indicado y devolver los autos para un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"la inhabilitación absoluta del art. 12 del Código Penal, se ha visto alcanzada por el mecanismo de reducción de penas determinado en el art. 2° de la ley 23.070" (considerando 10, mayoría). El voto del Dr. Petracchi sostuvo que "la imposición de esta última especie de pena por un tiempo que exceda en más de tres años a cualquiera de las privativas de libertad del art. 5 del Código Penal, no estaría fundada en ley, y por ende resultaría contraria a lo dispuesto en el art. 18 de la Constitución Nacional". Los Dres. Belluscio y Bacqué votaron en disidencia, adhiriendo al dictamen del Procurador General, que proponía confirmar la sentencia.

Normas que cita

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