JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Amado Alberto' Yunis

El actor, Amado Alberto Yunis, solicitó la jubilación ordinaria, cuyo otorgamiento le fue denegado porque los servicios con aportes acreditados no alcanzaban los 15 años exigidos por el art. 28 de la ley 18.037. La Corte Suprema descalificó la sentencia denegatoria, sosteniendo que la declaración del empleador sobre la omisión de aportes no puede ser decisiva para negar un beneficio de naturaleza alimentaria, máxime cuando no surge de la causa que se hubieran omitido los descuentos al trabajador.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 308:73
Jubilacion ordinaria Art. 28 ley 18.037 Aportes previsionales Omision patronal Beneficio alimentario Descuentos al trabajador Seguridad social Descalificacion de sentencia Prueba de aportes

¿Quién es el actor?

Amado Alberto Yunis.

¿A quién se demanda?

el organismo previsional (caja de jubilaciones) que denegó el beneficio.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

otorgamiento de jubilación ordinaria.

¿Qué se resolvió?

se descalificó la sentencia que denegó la jubilación ordinaria, por considerar que los servicios con aportes acreditados no alcanzaban los 15 años del art. 28 de la ley 18.037.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Es descalificable la sentencia que denegó la jubilación ordinaria, a raíz de que los servicios con aportes acreditados no alcanzaban a los 15 años que exige el art. 28 de la ley 18.037, ya que la declaración del empleador -respecto de la omisión de efectuar los aportes durante un período en el que la ley le exigía hacerlo- no puede ser decisiva para denegar un beneficio de naturaleza alimentaria, máxime si se considera que no surge de las constancias de la causa que al trabajador no se le hubieran efectuado los descuentos correspondientes a dicho período."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Futbolistas Argentinos Agremiados c/ Municipalidad de la Ciudad de Buenos AiresCSJN · 24/07/1984

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