JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Alejandro Esteban Juarez c/ Happening S.a.

Oscar Rodolfo Lafontaine demandó por resolución de un contrato de locación de un inmueble rural, invocando la teoría de la imprevisión por la pérdida de valor del precio pactado debido a la inflación y al fenómeno económico denominado Rodrigazo. La Corte Suprema dejó sin efecto la sentencia que había rechazado la reconvención y, con el alcance indicado, hizo lugar a ella, ordenando reajustar el alquiler desde la notificación del reclamo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 315:1246
Recurso extraordinario Sentencia arbitraria Teoria de la imprevision Locacion rural Reconvencion Art. 1198 codigo civil Caso fortuito Inflacion Reajuste del alquiler Facultad del art. 16 ley 48.

Actor (reconviniente): Oscar Rodolfo Lafontaine.

¿A quién se demanda?

Elsa Esther Lafontaine de Minteguiaga y otro (heredero inquilino y hermano no demandado, según el fallo).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reconvención por resolución del contrato de locación de un inmueble rural, con fundamento en la teoría de la imprevisión (art. 1198 del Código Civil), o, subsidiariamente, reajuste de las prestaciones.

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia apelada y hizo lugar, con el alcance indicado, a la reconvención. Se ordenó reajustar el alquiler desde la notificación del reclamo, tomando el valor del alquiler originalmente pactado actualizado por índices de desvalorización monetaria, con una reducción de equidad del 30%. Costas por su orden en lo indicado; vuelven los autos al tribunal de origen para dictar nueva sentencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que aun cuando las cuestiones traídas a conocimiento de esta Corte son de hecho, prueba y de derecho común, ajenas -en principio- a su competencia extraordinaria, en el caso corresponde habilitar la instancia del artículo 14 de la ley 48, ya que la sentencia impugnada se aparta de las constancias de la causa, no constituye derivación razonada del derecho vigente y omite el examen de cuestiones conducentes para la solución del litigio, todo lo cual redunda en menoscabo de las garantías constitucionales invocadas."

"Que, al haber sido la decisión de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones Especial en lo Civil y Comercial una mera interpretación acerca del tipo de moneda en que debía satisfacerse el precio del alquiler, no pudo el a qua entender -sin recurrir en serios defectos de argumentación- que ese fallo era el causante de los desequilibrios ocurridos sobre las prestaciones con prescindencia del circunstanciado estudio de los acontecimientos invocados por los reconvinientes en relación al referido contrato."

"Que el fenómeno económico llamado 'Rodrigazo' producido en el año 1975 fue inequívocamente un hecho de las características propias del caso fortuito para la economía y equilibrio de los contratos con prestaciones recíprocas, por lo que corresponde el acogimiento del reclamo con fundamento en lo dispuesto por el artículo 1198 del Código Civil."

"Que para la determinación del reajuste de las prestaciones a partir de la fecha indicada deberá tenerse en cuenta el valor del alquiler originariamente pactado, actualizado en función de los índices de desvalorización monetaria, con una reducción de equidad del 30%, ya que sólo se procura expurgar al negocio de la iniquidad manifiesta resultante del fenómeno inflacionario sobre la prestación a cargo del arrendatario."

Nota: la decisión fue adoptada por voto de los Dres. Cavagna Martínez y Barra (mayoría de la Corte en la parte que hace lugar a la reconvención, al ejercer la facultad del art. 16 de la ley 48); los Dres. Levene, Fayt, Belluscio, Moliné O'Connor y Boggiano firmaron la decisión de dejar sin efecto la sentencia, sin pronunciarse sobre el fondo, que quedó reservado a los jueces de la causa.

Normas que cita

  • Ley 48arts. 14, 16 · Justicia nacional
  • CCarts. 874, 954, 1198 · Codigo civil

Fallos que cita

  • Bariain, Narciso T. c/ Mercedes Benz Argentina, S.A.CSJN · 07/10/1986
  • S.A. La Razón E.E.F.I.C. y A. s/ concurso preventivoCSJN · 22/06/1989
  • Fallos 303:1533CSJN
  • Fallos 300:1131CSJN
  • Fallos 302:1007CSJN
  • Fallos 302:1329CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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