Javier Iglesias y Otra
Un conflicto de competencia entre dos magistrados por la situación tutelar de un menor se resuelve asignando la jurisdicción a uno solo de ellos. La Corte Suprema mantuvo la jurisdicción del tribunal que previamente conoció la situación personal del menor, por considerar que cuenta con mayores antecedentes sobre su evolución y está en mejores condiciones para resolver definitivamente su situación tutelar.
¿Quién es el actor?
Javier Iglesias y otra (sin datos adicionales en el texto).
¿A quién se demanda?
DESCONOCIDO (el texto presenta un conflicto de competencia entre jueces, no una demanda tradicional).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Determinar qué magistrado debe asumir la competencia para adoptar medidas de protección respecto de un menor cuya identidad real se pretende establecer, y resolver su situación tutelar.
¿Qué se resolvió?
Se mantiene la jurisdicción del tribunal que conoció antes la situación personal del menor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Frente a un conflicto entre magistrados sólo uno debe ser el habilitado para adoptar respecto de un menor las medidas adecuadas a la preservación de su salud física y moral, lo que contribuye a evitar la posibilidad de resoluciones contradictorias cuyos efectos perjudiciales adquieren especial significación debido a los intereses comprometidos."
"Si los dos magistrados entre los cuales se planteó el conflicto de competencia se encuentran en análoga situación legal para asumir la función tutelar del menor, la elección debe hacerse ponderando cuál de ellos se halla en mejores condiciones de alcanzar la protección integral de sus derechos."
"Corresponde mantener la jurisdicción del tribunal que conoció antes la situación personal del menor ya que es posible presumir que cuenta con mayores antecedentes sobre su evolución, que le permitirían su eficaz asistencia y porque, al ser órgano jurisdiccional que procura establecer la real identidad del nombrado, de conseguirlo y ubicar a sus familiares, estará en las mejores condiciones de resolver definitivamente su situación tutelar."
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Normas que cita
- Constitución NacionalConstitucion nacional
Fallos que cita
- Fallos 247:506CSJN · 21/04/1984
- Fallos 263:365CSJN
- Fallos 265:199CSJN
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