JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Esteban Fernando Cantel! y Otros c/ Caja Nacional Db Prevision de la Industria, Comercio y Actividades Civiles

La Corte Suprema dejó sin efecto la sentencia que había rechazado un amparo contra Telecom por una facturación exorbitante, por haber desestimado el planteo sobre la base de afirmaciones dogmáticas y sin tramitar la prueba ofrecida, lo que afectó el debido proceso. La decisión fue por mayoría, con disidencia de cuatro ministros que declaraban inadmisible el recurso extraordinario.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 314:1038
Amparo Facturacion telefonica Sentencia asimilable a definitiva Arbitrariedad Debido proceso Prueba Falta de fundamentacion Entel Servicio telefonico Recurso extraordinario

¿Quién es el actor?

Nélida Matilde Daglio.

¿A quién se demanda?

Empresa Nacional de Telecomunicaciones (ENTel).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acción de amparo impugnando una facturación de 10.640 pulsos excedentes que la actora consideraba exorbitante, alegando que se encontraba residiendo en el exterior durante el período medido.

¿Qué se resolvió?

la Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, ordenando el dictado de un nuevo pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre la sentencia asimilable a definitiva: "la sentencia que rechaza el amparo es asimilable a definitiva cuando se demuestra que lo decidido causa un agravio de imposible o muy dificultosa reparación ulterior, situación que se da en el sub judice, en que resulta verosímil la posibilidad de que la empresa demandada interrumpa el servicio telefónico por falta de pago."

Sobre la arbitrariedad: "la cámara ha desestimado la ilegitimidad del acto impugnado sobre la base de afirmaciones dogmáticas, que no se ajustan a las constancias del expediente, lo cual justifica la descalificación de lo resuelto con fundamento en la doctrina de la arbitrariedad."

Sobre el informe de la demandada: "el informe presentado por la empresa demandada a fs. 70/74, sólo da un fundamento aparente a lo decidido pues no permite concluir que la facturación impugnada como exorbitante -10.640 pulsos excedentes- fuese consecuencia de la efectiva utilización del servicio por el usuario."

Sobre la prueba: "La circunstancia, alegada en el escrito inicial, de la residencia de la actora en el exterior del país durante el período correspondiente a la medición cuestionada, imponía la necesidad de tramitar la prueba ofrecida por las partes a los efectos de verificar -aun en el reducido marco del procedimiento del amparo- los presupuestos de hecho en los cuales se sustentaban la pretensión actora y la defensa."

Sobre la garantía vulnerada: "dada la imposibilidad en que se encuentra el usuario de verificar la exactitud de las facturaciones cuyo pago le reclama la empresa telefónica, se advierte que media relación directa e inmediata entre lo resuelto y la violación de la garantía constitucional del debido proceso (art. 18 de la Ley Fundamental)."

¿Cómo votaron los jueces?

los Dres. Levene (h), Cavagna Martínez, Barra y Belluscio sostuvieron que "el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)".

Normas que cita

Fallos que cita

  • Christou, Hugo y otros c/Municipalidad de Tres de Febrero s/ amparoCSJN · 19/02/1987
  • Rimondi, Ernesto s/ acción de amparoCSJN · 22/08/1989

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.