JurisprudenciaARG
Primera Instancia

BNA c/ ACEVEDO, MARIA FERNANDA s/COBRO DE PESOS/SUMAS DE DINERO

El Banco de la Nación Argentina promovió demanda por cobro de pesos contra María Fernanda Acevedo, titular de una tarjeta de crédito Nativa Mastercard Gold, por un saldo deudor de $2.111.976,74. El Juzgado hizo lugar a la demanda por incumplimiento contractual ante la rebeldía de la demandada, condenándola al pago del capital con intereses y las costas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE SANTA ROSA - SECRETARIA CIVIL
Fuero
FEDERAL DE BAHÍA BLANCA
Jurisdicción
Federal · Buenos Aires
Expediente
FBB 010122/2025
Cobro de pesos Tarjeta de credito Saldo deudor Incumplimiento contractual Rebeldia Reconocimiento de los hechos Mutuo Intereses a tasa activa Costas Prueba documental

¿Quién es el actor?

Banco de la Nación Argentina (apoderados Dres. M. Fernanda de la Iglesia y Guillermo Allasia).

¿A quién se demanda?

María Fernanda Acevedo.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de pesos por saldo deudor de tarjeta de crédito rotativa "Nativa Mastercard Gold", al mes de septiembre de 2025, por la suma de $2.111.976,74, con más intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

el Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó a la demandada a pagar el capital reclamado, con más un interés igual al promedio de la tasa activa del Banco de la Nación Argentina en operaciones comunes de descuento, desde septiembre de 2025 hasta el pago efectivo, en el plazo de diez días. Impuso las costas a la demandada vencida y difirió la regulación de honorarios hasta establecer la base para estimarlos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Cabe poner de manifiesto, en primer término, que el accionado dejó de contestar la demanda presentada en su contra, a pesar de haber sido legalmente notificado, conforme constancia de fecha 19 de agosto del corriente año, por lo que su silencio es considerado como reconocimiento de los hechos, atento lo dispuesto por el art. 356, inc. 1° del CPCCN."

"El Banco actor fundamentó, a través de la prueba documental aportada, los extremos de su pretensión. Acompañó la solicitud de tarjeta de crédito y resolución, resúmenes de tarjeta y certificado de saldo deudor en el inicio de la demanda."

"...la acción intentada por la actora resulta procedente dado el incumplimiento contractual incurrido por el demandado quien no abonó el crédito otorgado oportunamente a su favor, del cual hizo uso. En efecto, el Banco justificó el origen de la deuda, cual es, los mutuos que operaron a través de la tarjeta de crédito 'NATIVA MASTERCARD GOLD', como así el saldo impago por parte del accionado."

"A su vez no existen supuestos extintivos de la responsabilidad obligacional de la Sra. María Fernanda ACEVEDO, por lo que la demanda debe ser acogida en todos sus términos."

Normas que cita

  • Ley 27.423arts. 16, 20, 21, 22, 58 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • CPCCNarts. 68, 356 inc. 1°, 400 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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