JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

Legajo Nº 32 - IMPUTADO: ORTIZ TIRABASSI, FACUNDO s/LEGAJO DE CASACION

La Sala 3 de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional hizo lugar al recurso de la defensa de Alfredo Luciano Cantero y lo absolvió del delito de asociación ilícita, y rechazó los recursos de Facundo Ortiz Tirabassi y Néstor Sebastián Pérez, confirmando sus condenas. La mayoría sostuvo que no se acreditó la pertenencia de Cantero a la organización, mientras que los agravios relativos a la participación, la calificación del art. 142 y la mensuración de la pena fueron desestimados por insuficiencia argumental.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CÁMARA NACIONAL DE CASACIÓN EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL - SALA 3
Fuero
NACIONAL DE CASACIÓN PENAL
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CCC 044453/2021/TO01/32/CNC030
Asociacion ilicita Absolucion In dubio pro reo Coautoria Complicidad primaria Robo agravado Privacion ilegitima de la libertad Concurso con robo Mensuracion de la pena Patio bullrich.

¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (acusación en las causas 44453/2021/TO1, TO2 y TO3).

¿A quién se demanda?

Facundo Ortiz Tirabassi, Néstor Sebastián Pérez, Alfredo Luciano Cantero y otros coimputados.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Asociación ilícita, robos agravados en centros comerciales (Galerías Pacífico, Patio Bullrich), robo en domicilio particular de Boulogne, tenencia y receptación de armas y vehículos, encubrimiento.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, se casaron los puntos dispositivos 33, 34 y 35 respecto de Cantero y se lo absolvió de la asociación ilícita, sin costas. Se rechazaron los recursos de la defensa de Ortiz Tirabassi y Pérez y se confirmó la sentencia en lo recurrido, sin costas (en el voto del juez Jantus, adherido por Grappasonno, por la garantía del doble conforme).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Respecto de Cantero: "no puede sostenerse, más allá de toda duda razonable, que Alfredo Luciano Cantero haya integrado la asociación ilícita objeto de imputación, motivo por el cual corresponde dictar su absolución, en virtud del principio consagrado en el art. 3, CPPN." La conversación con Zambrano evidenciaba una expectativa de "jugar juntos" en el futuro, pero no un aporte concreto, actual y verificable a la organización.

Respecto de Ortiz Tirabassi (participación en Galerías Pacífico): la defensa no rebatió "las razones por las cuales el tribunal consideró que dicho aporte resultaba indispensable para la concreción del plan delictivo", por lo que el agravio fue rechazado.

Respecto de Pérez (participación en el hecho de Boulogne): el imputado "no solo actuó previamente como nexo entre la información facilitada por el coimputado Gitto y quienes ingresaron al domicilio, sino que, valiéndose precisamente de esos datos, condujo a estos últimos en la búsqueda del botín."

Respecto del art. 142 inc. 1 CP: la privación de la libertad "superan con creces el marco de violencia propio de la figura del robo", configurando una afectación autónoma; el planteo de "exceso" fue desestimado porque el tribunal no lo tuvo por acreditado, sino que verificó un plus de violencia previsible y aceptado.

Respecto de la pena: el reproche por equiparación con coimputados fue desestimado porque "el injusto es personal", y la sanción única de Pérez engloba también los hechos de la causa 4810 de Bahía Blanca.

Normas que cita

  • CPPNarts. 3, 398, 402, 456, 463, 465, 466, 468, 470, 471, 473, 530, 531 · Codigo procesal penal
  • CParts. 12, 29, 40, 41, 45, 50, 55, 58, 142, 166, 167, 189 bis, 210, 277 · Codigo penal
  • Constitución Nacionalarts. 8.2 h, 63 · Constitucion nacional
  • PIDCyPart. 14.5
  • Acordada CSJN 15/13

Fallos que cita

  • CasalCSJN · Fallos 328:3399
  • RolónCNCCC Sala 3
  • EchalecúCNCCC Sala 3
  • CoronelCNCCC Sala 3
  • NouhanCNCCC Sala 3
  • MaydanaCNCCC Sala 3
  • FloresCNCCC Sala 3
  • Coniglio/AusquiTOC 21

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.