Principal en Plenario PL01 - IMPUTADO: CONDOR MATEO, LUIS ROY s/INFRACCION LEY 22.362 (ART.31 INC.A)
El Ministerio Público Fiscal recurrió la suspensión del juicio a prueba concedida a Luis Roy Cóndor Mateo, en la que la donación de $300.000 sustituyó las tareas comunitarias. La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso por falta de fundamentación suficiente, al considerar que las discrepancias expuestas no demostraban arbitrariedad en la resolución de primera instancia.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (recurrente).
¿A quién se demanda?
Luis Roy Cóndor Mateo (imputado, beneficiario de la suspensión del juicio a prueba).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de la resolución del Juzgado Criminal y Correccional Federal Nro. 6 que concedió la suspensión del juicio a prueba por un año, sustituyendo las tareas comunitarias por una donación de $300.000 a la Parroquia Cristo del Perdón, en tres cuotas, con sujeción a las reglas del art. 76 ter del Código Penal.
¿Qué se resolvió?
Se declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal, sin costas (arts. 444, 530 y 532 del CPPN). El tribunal consideró que el recurso no cumplía con la debida fundamentación exigida por el art. 463 del CPPN, y que las críticas expuestas reflejaban discrepancias valorativas que no configuraban arbitrariedad, ni graves defectos del pronunciamiento, ni cuestión federal atendible.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...la impugnación en cuestión no cumple con la debida fundamentación que exige el art. 463 del CPPN, defecto que obsta a la procedencia de la vía intentada."
"...la impugnación intentada no logra demostrar la arbitrariedad alegada, ya que las discrepancias valorativas expuestas sólo reflejan que no se comparten los fundamentos brindados por el tribunal interviniente, mas esa circunstancia no configura un agravio fundado en la doctrina de la arbitrariedad..."
"...la misma cuenta con los fundamentos jurídicos necesarios y suficientes para ser considerada como un acto jurisdiccional válido (art. 123 del CPPN)..."
Del juzgado de origen se destacó que "...había quedado acreditado cabalmente que la imposición de tareas comunitarias resulta materialmente compleja de cumplir, no por desinterés o desobediencia del imputado, sino por una carga familiar ineludible, consistente en el cuidado personal y traslado permanente de su hija diagnosticada con Trastorno del Espectro Autista..."
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Normas que cita
Fallos que cita
- DE LA RUA, Fernando (El Recurso de Casación)DOCTRINA
- Fallos 314:791CSJN
- Fallos 321:1328CSJN
- Fallos 322:1605CSJN
- Fallos 328:1108CSJN
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