Incidente N° 26 - IMPUTADO: PISTILLO DUARTE, ROQUE Y OTROS s/INCIDENTE DE APLICACION DE LA LEY 24390
La Cámara Federal de Casación Penal tomó nota de la prórroga de las prisiones preventivas de Roque Pistillo Duarte, Juan Iván Amarillo, Leonardo José Aguirre y Ezequiel Agustín Berdún, dispuesta por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal nro. 5 de San Martín con base en el art. 1° de la ley 24.390. Asimismo, encomendó al tribunal de juicio garantizar la continuidad del debate y darle celeridad mediante el uso de herramientas tecnológicas.
¿Quién es el actor?
No corresponde (proceso penal). Parte acusadora no identificada en el documento.
Demandado / imputados: Roque Pistillo Duarte, Juan Iván Amarillo, Leonardo José Aguirre y Ezequiel Agustín Berdún.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Incidente de aplicación de la ley 24.390 (prórroga de la prisión preventiva por el plazo de tres meses desde su vencimiento el 19/10/2026, o hasta la finalización del juicio oral, lo que ocurra primero).
¿Qué se resolvió?
La Cámara resolvió tomar nota de las prórrogas de prisiones preventivas dispuestas y encomendar al tribunal de juicio que, mediante la utilización de todas las herramientas tecnológicas a su disposición, garantice la continuidad del debate e imprima celeridad a su desarrollo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Con invocación de las previsiones del art. 1º de la ley 24.390, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal nro. 5 de San Martín resolvió 'I.- PRORROGAR la prisión preventiva de Roque Pistillo Duarte, Juan Iván Amarillo, Leonardo José Aguirre y Ezequiel Agustín Berdún, por el término de tres (3) meses (desde su fecha de su vencimiento -19/10/2026-) o hasta la finalización del juicio oral, lo que ocurra primero (art. 1° de la Ley 24.390)'."
"En atención a que la prórroga dispuesta se encuentra fundada en las condiciones de la norma citada y a que se está llevando a cabo el debate oral y público en las actuaciones (cfr. cuanto surge de la resolución a estudio), habrá de tomarse nota de la medida adoptada, encomendando al tribunal de juicio que mediante la utilización de todas las herramientas tecnológicas a su disposición garantice la continuidad del debate e imprima celeridad a su desarrollo."
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Normas que cita
- Ley 24.390art. 1 · Justicia
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