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Primera Instancia

LUJAN, CRISTIAN MIGUEL s/INHABILITACIÓN (ART. 3 CEN) - Inc e

El ciudadano Cristian Miguel Lujan solicitó la rehabilitación de sus derechos electorales tras cumplirse el plazo de una inhabilitación dispuesta en su contra. El Juzgado Federal de Santa Rosa hizo lugar a la rehabilitación y ordenó su incorporación al subregistro de electores del distrito.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE SANTA ROSA - SECRETARIA ELECTORAL (DISTRITO LA PAMPA)
Fuero
ELECTORAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNE 004257/2018
Inhabilitacion electoral Rehabilitacion electoral Codigo electoral nacional Art. 5 cen Ministerio publico fiscal Subregistro de electores Fichero de ciudadanos inhabilitados Derechos electorales Juzgado federal santa rosa.

¿Quién es el actor?

Cristian Miguel Lujan (matrícula N° 26.854.182), a quien se le había dispuesto inhabilitación en los términos del art. 3 del Código Electoral Nacional.

¿A quién se demanda?

No surge del texto (procedimiento electoral de oficio, con intervención del Ministerio Público Fiscal).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Rehabilitación para el ejercicio de los derechos electorales una vez vencido el plazo de inhabilitación.

¿Qué se resolvió?

Rehabilitar al ciudadano para el ejercicio de sus derechos electorales, incorporarlo al subregistro de electores del distrito y excluirlo del fichero de ciudadanos inhabilitados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, habiéndose cumplido el plazo de inhabilitación dispuesto en dicho resolutorio, se pasaron en vista las presentes actuaciones al Ministerio Público Fiscal (art. 5 C.E.N.), expresando el mismo en su dictamen que procede la rehabilitación electoral (fs. 8)." "Que, en virtud de lo expuesto, las constancias obrantes y lo establecido por el art. 5° del C.E.N., es que corresponde y así; RESUELVO..."

Normas que cita

  • CENarts. 3, 4, 5

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