JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Roberto Sarachaga y Otros

Roberto Sarachaga y otros interpusieron recurso extraordinario contra una resolución que rechazó un recurso de reposición en un hábeas corpus. La Corte Suprema declaró improcedente el recurso por extemporáneo y por referirse a cuestiones de naturaleza procesal local.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 308:2423
Recurso extraordinario Extemporaneidad Plazo art. 257 codigo procesal Habeas corpus Recurso de reposicion Cuestiones procesales locales Arbitrariedad Improcedencia Ministerio publico Incompetencia.

¿Quién es el actor?

Roberto Sarachaga y otros.

¿A quién se demanda?

No se trata de una demanda, sino de un recurso extraordinario interpuesto en el marco de un hábeas corpus (recurso de reposición contra la resolución del recurso de hábeas corpus).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación de la decisión que rechazó la incompetencia articulada por el ministerio público (fs. 9/10) y del auto que no hizo lugar al recurso de reposición (fs. 16).

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema declaró improcedente el recurso extraordinario de fs. 29/32.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"el recurso extraordinario resulta extemporáneo en cuanto se dirige a impugnar la decisión que rechazó la incompetencia articulada por el ministerio público (fs. 9/10), toda vez que el plazo del arto 257 del Código Procesal no se suspende ni interrumpe por la interposición de otros recursos declarados improcedentes".

"tampoco es admisible respecto del auto que no hizo lugar al recurso de reposición (fs. 16), pues el planteo remite al examen de cuestiones de naturaleza procesal local, extrañas a la vía intentada, sin que se advierta la arbitrariedad que invoca el apelante".

Dictamen del Procurador General (Juan Octavio Gauna): la sentencia apelada no es definitiva del Superior Tribunal de la causa, ya que no proviene de la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires, debiendo las cuestiones federales plantearse mediante recurso de queja; y tampoco se observa que la resolución sea contraria al derecho federal invocado, dado que el tribunal provincial declaró la prevalencia de la Constitución Nacional ante un eventual conflicto con norma local.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Suárez, José Luis y otro s/hurtos de automotor reiteradosCSJN · 17/09/1985
  • Strada, Juan LuisCSJN · 08/04/1986

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