JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Maria del Carmen Vidal c/ Baldomero Alejandro Villamil

Una ejecución de sentencia en la que el acreedor optó por cobrar el capital y sus accesorios en moneda de curso legal, según la cotización de la divisa a la fecha del pago efectivo, derivó en un recurso extraordinario. La Corte Suprema consideró arbitraria la decisión que desconoció esa opción y la dejó sin efecto.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 308:1744
Recurso extraordinario Sentencia definitiva Proceso ejecutivo Ejecucion de sentencia Trance y remate Moneda de curso legal Cotizacion de divisa Arbitrariedad Derecho de propiedad Debido proceso

Actor/ejecutante: María del Carmen Vidal.

Demandado/ejecutado: Baldomero Alejandro Villamil.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cumplimiento de una sentencia de trance y remate en un proceso ejecutivo, respecto de la forma de pago del capital reclamado y sus accesorios.

¿Qué se resolvió?

se admitió el recurso extraordinario y se descalificó la resolución que había desconocido la opción del ejecutante de cobrar en moneda de curso legal según la cotización de la divisa a la fecha del pago efectivo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Debe reconocerse el carácter de sentencia definitiva a un pronunciamiento recaído en un proceso ejecutivo, si el tema debatido no puede ser objeto de replanteo ulterior y produce asimismo un menoscabo a los derechos constitucionales invocados (arts. 17 y 18 de la Constitución Nacional)." "Si el ejecutante, en cumplimiento de lo dispuesto por la sentencia de trance y remate, optó porque el capital reclamado y sus accesorios fueran pagados en moneda de curso legal según cotización de la divisa a la fecha del efectivo pago, corresponde descalificar la decisión que pone de manifiesto una irrazonable comprensión de los planteos del demandante acerca del modo de hacer efectivo su crédito."

Nota: el material disponible es un sumario editorial; no incluye los considerandos completos, por lo que los fundamentos transcriptos son los del sumario.

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