Norberto Doroteo Corbalan c/ G,m.a, Construcciones S.a.
El obrero Norberto Doroteo Corbalán demandó a G.M.A. Construcciones S.A. por indemnización fundada en el artículo 1113 del Código Civil tras una caída en una obra en construcción. La Corte Suprema dejó sin efecto la sentencia que había rechazado la demanda, por distribuir de forma irrazonable la carga de la prueba y por apartarse sin fundamento de la solución legal aplicable.
¿Quién es el actor?
Norberto Doroteo Corbalán (obrero accidentado).
¿A quién se demanda?
G.M.A. Construcciones S.A. (empleador, dueño de la obra).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización por daños derivados de una caída ocurrida en una obra en construcción, con fundamento en el artículo 1113 del Código Civil.
¿Qué se resolvió?
la Corte Suprema dejó sin efecto la sentencia que rechazó la demanda. Los considerandos señalan dos defectos: (i) la exigencia al actor de acreditar que la obra carecía de paredes y barandas de contención no surge como derivación razonada del derecho vigente, porque el dueño o guardián de la cosa sólo se libera demostrando ausencia de culpa o la culpa de la víctima o de un tercero; y (ii) la sentencia admitió sin mayor fundamento que la empresa había cumplido las normas de seguridad, pese a la negativa expresa del trabajador, apartándose de la solución legal prevista para el caso.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Corresponde dejar sin efecto la sentencia que rechazó la demanda de indemnización interpuesta por el obrero con fundamento en el art. 1113 del Código Civil, considerando que el actor debió acreditar que la obra en construcción de la demandada carecía de paredes y barandas de contención, pues tal carga de la prueba que se le impone no aparece como una derivación razonada del derecho vigente porque, sea que se considere que el evento dañoso fue producido por las cosas del empleador que el obrero transportaba, o bien que se originó en el riesgo o vicio del pasillo desde donde se produjo la caída, el dueño o guardián de la cosa sólo se libera de responsabilidad demostrando, en el primer caso, que de su parte no hubo culpa, y en el segundo, probando la culpa de la víctima o la de un tercero por quien no debe responder."
"La sentencia que no hizo lugar a la demanda de indemnización fundada en el art. 1113 del Código Civil, se aparta, sin razones que lo justifiquen, de la solución legal prevista para el caso al admitir sin mayor fundamento que la empresa demandada dio cumplimiento a las normas de seguridad no obstante la negativa, formulada al respecto por el trabajador accidentado, circunstancia que impone su descalificación con arreglo a la doctrina de la arbitrariedad."
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Normas que cita
Fallos que cita
- Quiroga, FlorenciaCSJN · 30/12/1985
- Esquiatini, Hugo D.CSJN · 30/12/1985
- Fallos 307:1735CSJN
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