Oscar Juan Plaza y Otros
La Corte Suprema revocó la resolución de la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia que había anulado un sobreseimiento definitivo firme en favor de José Pirillo por contrabando. El tribunal sostuvo que la cosa juzgada tiene jerarquía constitucional y que la Cámara excedió los límites de la jurisdicción que le otorgaba el recurso de la querella, por lo que declaró subsistente el sobreseimiento.
Actor/Querellante: Oscar Juan Plaza y otros; el recurso extraordinario fue interpuesto por el apelante (Plaza), que actuaba en el proceso.
Demandado/Imputado: José Pirillo (y coprocesados Miguel Ángel Papponetti), imputados por infracción al artículo 864, incisos b) y d), ley 22.415 (Código Aduanero).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
determinar si podía anularse un sobreseimiento definitivo firme dictado en favor de Pirillo por el Juzgado Federal de Río Gallegos, con base en la incompetencia territorial de ese juez.
¿Qué se resolvió?
se revocó la resolución de fs. 597/598 en cuanto fue materia de recurso y se declaró subsistente el sobreseimiento definitivo de fs. 259/259 vta.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"es doctrina de esta Corte que la cosa juzgada tiene jerarquía constitucional y procede el recurso extraordinario cuando se sostiene que el fallo apelado ha desconocido sus efectos (...). No es óbice a ello la circunstancia de que la resolución apelada -que declara la nulidad del sobreseimiento y somete nuevamente a juicio al recurrente- no constituya estrictamente la sentencia definitiva de la causa desde que no se pronuncia de modo final sobre el hecho que se le imputa, toda vez que cabe equiparada a ésta por sus efectos (...)."
"el reclamo del apelante por el respeto de la cosa juzgada se dirige a lograr la plena efectividad de la prohibición de la doble persecución penal, cuyo rango constitucional ha sido reconocido por esta Corte (...)."
"aquél fue desvinculado del proceso mediante el sobreseimiento definitivo de fs. 259, que quedó firme por no haber sido apelado por ninguna de las partes en el juicio, de manera que la Cámara no se encontraba habilitada para anularlo por la presunta incompetencia territorial del juez federal."
"los tribunales de apelación no pueden exceder la jurisdicción que le acuerdan los recursos deducidos ante ellos."
"la cosa juzgada judicial tiene jerarquía constitucional y no es susceptible de alteración ni aun por vía de la invocación de leyes de orden público. Admitir la revisión de sentencias finales firmes con fundamento en el orden público de las competencias equivaldría a la abrogación de esa garantía en materia penal."
¿Cómo votaron los jueces?
fallo unánime de los cuatro ministros firmantes; el Procurador General Juan Octavio Gauna había dictaminado en igual sentido.
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Normas que cita
- Constitución Nacionalart. 18 · Constitucion nacional
- Ley 48art. 16 · Justicia nacional
- CPMParts. 7, 19, 436
- Ley 22.415art. 864 · Codigo aduanero
Fallos que cita
- Plaza, Oscar Juan y otrosCSJN · 11/02/1986 · Fallos 187:29
- Plaza, Oscar Juan y otrosCSJN · 11/02/1986 · Fallos 243:465
- Plaza, Oscar Juan y otrosCSJN · 11/02/1986 · Fallos 253:253
- Plaza, Oscar Juan y otrosCSJN · 11/02/1986 · Fallos 259:289
- Plaza, Oscar Juan y otrosCSJN · 11/02/1986 · Fallos 273:312
- Plaza, Oscar Juan y otrosCSJN · 11/02/1986 · Fallos 182:293
- Plaza, Oscar Juan y otrosCSJN · 11/02/1986 · Fallos 185:188
- Plaza, Oscar Juan y otrosCSJN · 11/02/1986 · Fallos 188:286
- Plaza, Oscar Juan y otrosCSJN · 11/02/1986 · Fallos 256:491
- Plaza, Oscar Juan y otrosCSJN · 11/02/1986 · Fallos 257:132
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- Plaza, Oscar Juan y otrosCSJN · 11/02/1986 · Fallos 276:257
- Plaza, Oscar Juan y otrosCSJN · 11/02/1986 · Fallos 280:228
- Pizzutti, Angel s/contrabandoCSJN · 23/10/1972
- Fallos 248:232CSJN
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