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Primera Instancia

Incidente Nº 4 - DENUNCIADO: ORTEGA , MAXIMILIANO LEONEL s/Audiencia de Acuerdo Pleno (Art. 324)

El Ministerio Público Fiscal y la defensa de Maximiliano Leonel Ortega Rivas arribaron a un acuerdo pleno por tenencia simple de estupefacientes (206,4 gramos de cocaína hallados en su dormitorio). El Juez de Garantías Carelli homologó el acuerdo y condenó al imputado a dos años de prisión de ejecución condicional, multa de $200 y reglas de conducta.

Fecha de la sentencia
Tribunal
OFICINA JUDICIAL DE MENDOZA (GARANTIAS Y REVISION)
Fuero
FEDERAL DE MENDOZA
Jurisdicción
Federal · Mendoza
Expediente
FMZ 007121/2026/4
Tenencia simple de estupefacientes Acuerdo pleno Homologacion Ejecucion condicional Reglas de conducta Art. 27 bis cp Destruccion de estupefacientes Ley 23.737 Cocaina Esfera de custodia y disponibilidad.

¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (Unidad Fiscal Mendoza, Área de Investigación y Litigio de Casos Sencillos).

¿A quién se demanda?

Maximiliano Leonel Ortega Rivas (DNI 40.273.032).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Formalización de la investigación y acuerdo pleno (arts. 323 y 324 C.P.P.F.) por el delito de tenencia simple de estupefacientes (art. 14, primera parte, Ley 23.737), con 206,4 g de cocaína secuestrados en allanamiento del 19/03/2026.

¿Qué se resolvió?

Homologación del acuerdo pleno; condena a 2 años de prisión de ejecución condicional, multa de $200 y costas; reglas de conducta por 2 años (art. 27 bis CP); destrucción de la droga (art. 30 Ley 23.737); renuncia a los plazos del art. 360 C.P.P.F.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal sostiene que "el acta de procedimiento labrada por personal del Departamento de Lucha contra el Narcotráfico -Gran Mendoza- permite establecer las circunstancias en las que se produjo el hallazgo de la sustancia, mientras que la pericia química nº 211-212/2026 GCM... confirmó su naturaleza estupefaciente". Respecto de la tenencia, cita a Pravia: "El concepto de tenencia que surge de la interpretación sistemática de la ley 23.737, debe entenderse de un modo amplio abarcando aquellas situaciones en que el sujeto activo tiene los estupefacientes en una inmediata relación con su cuerpo, y también todas aquéllas en las cuales éste posea la disponibilidad de hecho de tales elementos..." Concluye que la sustancia estaba en la esfera de custodia y disponibilidad del imputado, quien no podía ignorar su naturaleza prohibida. Sobre la pena, considera "justa, razonable y equitativa" la de 2 años de prisión de ejecución condicional y multa de $200, valorando la naturaleza del hecho, las circunstancias de comisión y la cantidad y calidad de la sustancia (arts. 40 y 41 CP).

Normas que cita

  • Ley 23.737arts. 14, 30 · Modificacion al codigo penal
  • CParts. 26, 27 bis, 40, 41, 45 · Codigo penal
  • CPPFarts. 253, 305, 323, 324, 325, 360 · Codigo procesal penal federal
  • Ley 23.898arts. 5, 6 · Tasas judiciales

Fallos que cita

  • Pravia, Alberto - Estupefacientes: Narcotráfico, Microtráfico y los nuevos tipos penales

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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