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Cámara de Apelaciones

Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: DURAND, BRIAN ELIAS s/ROBO

El Ministerio Público Fiscal solicitó el trámite de juicio abreviado (art. 431 bis CPPN) por el delito de robo tentado cometido contra un vecino de un edificio de Perón 3953, con conformidad del imputado. El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 26 condenó a Brian Elías Durand a diez meses de prisión de efectivo cumplimiento, declarándolo reincidente.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 26 DE LA CAPITAL FEDERAL
Fuero
NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CCC 028467/2026/TO01
Robo tentado Juicio abreviado Art. 431 bis cppn Reincidencia Ley 23.057 Violencia en las personas Propiedad privada Condena de efectivo cumplimiento Ministerio publico fiscal Conformidad del imputado.

¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (auxiliar fiscal Diego Pegolo).

¿A quién se demanda?

Brian Elías Durand, imputado, asistido por la defensora pública Andrea Romano.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

imputación por robo tentado (arts. 42, 44, 45 y 164 CP), con pedido de declaración de reincidencia.

¿Qué se resolvió?

condena a diez meses de prisión de efectivo cumplimiento y costas, con declaración de reincidencia; la pena se agota el 1/4/2027 a las 24 horas, con libertad a las 12 horas de ese día.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Se tiene por acreditado, con la probabilidad exigida por la instancia, el hecho que se le imputa a Durand, que consiste en haber intentado apoderarse -con violencia en las personas- de dinero y elementos de valor, propiedad de Adrián Alejandro Schulz." La prueba incluye los testimonios del inspector Mauricio Leonel Carson, de Adrián Alejandro Schulz y de Raúl Antonio Guaymas, el informe médico-legal de la víctima y las actas de detención. Sobre la reincidencia, el tribunal sostuvo que "por principio de retroactividad de la ley más benigna (Art. 2 CP), considero que en verdad resulta aplicable el instituto en su modalidad anterior, que regía conforme ley 23.057", y que el condenado "ha satisfecho pena privativa de la libertad, así sea total o parcialmente". Como atenuante se valoraron sus antecedentes de vida y su bajo estrato socioeconómico; como agravante, la gran intensidad de la violencia ejercida y que el hecho se produjo dentro de propiedad privada, con riesgo para los habitantes del edificio.

Normas que cita

  • CParts. 5, 29, 40, 41, 42, 44, 45, 50, 77, 164, 2, 26 · Codigo penal
  • CPPNarts. 69, 399, 400, 403, 431 bis, 493, 530, 531 · Codigo procesal penal
  • Ley 23.057art. 50 · Codigo penal
  • Ley 27.785Codigo penal y codigo procesal penal federal
  • Ley 27.372art. 12 · Ley de derechos y garantias de las personas victimas de delitos

Fallos que cita

  • MontoyaCámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, Sala de Turno · 03/11/2017

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