FLORES, JUAN CARLOS c/ PAZ, PEDRO PABLO Y OTRO s/DESPIDO
El actor demandó a un frigorífico y a un intermediario por despido indirecto y falta de registración laboral en la modalidad de fraude laboral. La jueza hizo lugar a la demanda por considerar al frigorífico verdadero empleador directo del trabajador, condenando a los demandados de manera solidaria al pago de $2.123.150,86 más intereses.
¿Quién es el actor?
Juan Carlos Flores.
¿A quién se demanda?
Frigorífico Rio Platense SAICIF y Pedro Pablo Paz (este último en rebeldía).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de indemnizaciones por despido indirecto (arts. 232, 233 y 245 LCT), agravamiento del art. 2° ley 25.323, indemnización del DNU 34/19, sanciones de los arts. 8 y 15 de la ley 24.013, salarios adeudados de agosto y septiembre de 2021, SAC y vacaciones proporcionales, y entrega de certificados del art. 80 LCT.
¿Qué se resolvió?
El tribunal hizo lugar a la demanda y condenó solidariamente a los demandados al pago de $2.123.150,86, con intereses desde el 13/10/2021 según tasa pasiva del BCRA. Ordenó la entrega de los certificados del art. 80 LCT en 30 días bajo apercibimiento de astreintes. Rechazó el reclamo por la indemnización del art. 80 LCT (incumplimiento del art. 3 del Decreto 146/01) y el reclamo por vacaciones del período 2020. Impuso las costas a los demandados vencidos en forma solidaria.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Desde esta óptica, la doctrina ha sostenido que 'tratándose de obligaciones respecto de las cuales se pretende la solidaridad de dos deudores, las defensas opuestas por uno de los litisconsortes, favorecen al restante, no obstante el estado de rebeldía en que se encuentre, por lo que sólo puede establecerse la responsabilidad de éste, por las obligaciones cuya existencia y extensión se admite respecto del otro deudor solidario'."
"[...] la solidaridad que disponen los arts. 29 y 30 de la LCT parten de presupuestos de hecho diferentes y tienen alcances disímiles. Pues mientras la primera se configura cuando el carácter de empleador es ejercido formalmente por un intermediario para que la persona trabajadora preste tareas en una determinada empresa a la que aquél le provee personal (usuaria) y, por imperio de la ley, debe considerarse empleado directo de quien utiliza la prestación [...], la segunda (art. 30, LCT), regula la contratación de trabajos o servicios correspondientes a la actividad normal y específica propias del establecimiento, [...] no implica la atribución del carácter de empleador al contratista principal."
"[...] toda vez que la codemandada que contestó la acción reconoció tanto que el Sr. PAZ le proveía mano de obra para su propio proceso productivo como la efectiva prestación de tareas del accionante en su establecimiento frigorífico, por imperio de lo dispuesto en el art. 29 de la LCT (párrafo primero), estimo que en la especie debe entenderse que FRIGORÍFICO RIOPLATENSE SAICIF fue la verdadera empleadora directa del actor, toda vez que fue quien utilizó su prestación laboral, sin que ello excluya la responsabilidad solidaria del codemandado PEDRO PABLO PAZ en su carácter de tercero contratante e intermediario por todas las obligaciones emergentes de la relación laboral y de la seguridad social (art. 29 segundo párrafo LCT)."
"[...] concluyo que el actor actuó asistido de razón cuando decidió colocarse en situación de despido indirecto con el telegrama del 07/10/2021 [...], puesto que la falta de registro del contrato de trabajo importa una injuria suficiente que justifica el distracto (art. 242 LCT)."
Tipo de proceso: TRABAJO
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Normas que cita
- Ley 19.550arts. 54, 59, 274 · Sociedades comerciales
- Ley 25.323art. 2 · Contrato de trabajo
- Ley 24.013arts. 8, 15 · Ley de empleo
- Ley 25.345art. 45 · Prevencion de la evasion fiscal
- Decreto 34/19art. 6
- Decreto 146/01art. 3
- Ley 24.635art. 13 · Instancia obligatoria de conciliacion laboral
- Ley 27.802art. 55 · Ley de modernizacion laboral
- Ley 27.423arts. 19, 20, 21 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- CPCCNarts. 37, 68, 386, 456 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- CCart. 1255
- CCT 56/75
- Acordada 10/25
- Ley 20.744
Fallos que cita
- Establecimiento Las Marías S.A.C.I.F.A. c. Misiones, Provincia de s/ acción declarativaCSJN
- Monserrat, Juan Carlos c/ Taxisa S.A. y otro s/ despidoCNAT Sala III · 05/06/2001
- Echeverría, Luis T. c/ Argentina Televisora Color S.A.CNAT Sala VIII · 06/05/1996
- Compañía General de Combustibles S.A. s/ recurso de apelaciónCSJN
- Fallos 26:32CSJN
- Fallos 262:32CSJN
- Fallos 265:7CSJN
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