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Cámara de Apelaciones

VIGNA MARÍA ROSA C/ ALVARO LUIS ALBERTO Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido en la avenida Colón de Bahía Blanca, reclamando incapacidad sobreviniente, gastos médicos y de traslado, daño extrapatrimonial y la extensión de la cobertura de la aseguradora citada en garantía. La Cámara declaró desierto el recurso de la aseguradora, elevó la indemnización por incapacidad sobreviniente a $8.577.382,08, fijó en $900.000 los gastos médicos, farmacéuticos y de traslado, y dispuso que la aseguradora responda hasta el límite de cobertura vigente al momento del efectivo pago.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA PRIMERA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL SALA II - BAHIA BLANCA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
167664
Responsabilidad civil Accidente de transito Incapacidad sobreviniente Formula vuoto Gastos medicos presumidos (art. 1746 ccc) Dano extrapatrimonial Citacion en garantia Cobertura de seguro obligatorio Intereses Desercion de recurso.

Actor (demandante): María Rosa Vigna.

¿A quién se demanda?

Luis Alberto Álvaro, conductor del vehículo Fiat Grand Siena, con citación en garantía de Caja de Seguros S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por incapacidad sobreviniente, gastos médicos, farmacéuticos y de traslado, y daño extrapatrimonial, derivados del atropello sufrido el 10/7/2021.

¿Qué se resolvió?

se declaró desierto el recurso de apelación de Caja de Seguros S.A. por presentación extemporánea; se revocó la sentencia en cuanto a la incapacidad sobreviniente, fijada en $8.577.382,08 (18,3% de incapacidad física, ingreso de $322.200, edad de 63 años y 10 meses y expectativa de vida de 82,93 años); se revocó en cuanto a los gastos médicos, farmacéuticos y de traslado, fijados en $900.000; se modificó la responsabilidad de la aseguradora, que debe responder hasta el límite de cobertura de la Superintendencia de Seguros de la Nación vigente al momento del pago; se confirmó el resto, incluido el daño extrapatrimonial de $7.000.000 y el régimen de intereses.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"No se trata aquí de proyectar las posibilidades futuras de una persona que todavía no ha ingresado al mercado laboral, sino de una mujer que al momento del accidente tenía 63 años, había transitado ya su vida laboral y se encontraba jubilada." (Sobre la improcedencia de tomar como ingreso el salario de un empleado de comercio, por no acreditarse que la formación académica se hubiera traducido en ingresos.)

"Resulta razonable presumir tanto la realización de gastos farmacéuticos como la necesidad de numerosos traslados para concurrir al Hospital Municipal, realizar los controles y tratamientos consiguientes y asistir a las prestaciones de rehabilitación. La circunstancia de que la actora contara con cobertura de PAMI no conduce a una solución diferente." (Sobre la aplicación del art. 1746 CCC.)

"El peritaje acredita la afección y su persistencia hasta la evaluación, pero no proporciona elementos suficientes para establecer que la incapacidad resulte irreversible." (Sobre el rechazo de la incapacidad psicológica como incapacidad permanente, sin perjuicio de su relevancia para el daño extrapatrimonial.)

"Para conmover lo resuelto debía explicar concretamente por qué la satisfacción sustitutiva escogida por el sentenciador resultaba insuficiente para compensarlo." (Sobre la desierción del agravio por daño moral, art. 260 CPCC.)

"[...] el límite de cobertura oponible no podrá ser inferior al correspondiente a la cobertura básica vigente al momento del efectivo pago, naturalmente hasta la concurrencia del importe de la condena." (Sobre la extensión de la cobertura, siguiendo la doctrina de la SCBA en "Martínez" y "González".)

"Considero que tal decisión conduce a una superposición de tasas durante el período comprendido entre la cuantificación del daño y el efectivo pago [...]" (Sobre el régimen de intereses, confirmado por ser la actora la única apelante.)

Normas que cita

  • Constitución (Buenos Aires)art. 168
  • Decreto 1

Fallos que cita

  • Barrios c/ Provincia de Buenos Aires s/ daños y perjuiciosSCBA
  • MartínezSCBA · 21/02/2018
  • GonzálezSCBA · 28/05/2021
  • Arévalo c/ LilloCCiv Bahía Blanca Sala II · 05/03/2025

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