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Cámara de Apelaciones

RODRIGUEZ RAUL ALBERTO C/ CAJA DE JUBILACIONES, SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANC S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION

El actor, jubilado del Banco de la Provincia de Buenos Aires, reclamó el restablecimiento de su haber previsional frente a la movilidad establecida por la ley 15.008. La Cámara confirmó la inconstitucionalidad del artículo 41 de dicha ley en el caso concreto y modificó únicamente la metodología de cálculo de las retroactividades, ordenando actualizarlas a valores presentes con intereses al 6% anual y luego la tasa pasiva del Banco Provincia.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA DE APELACION EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SALA I- LA PLATA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
34938-E
Proceso previsional Movilidad jubilatoria Ley 15.008 Inconstitucionalidad Proporcionalidad haber activo-pasivo Caracter sustitutivo Prescripcion Intereses Tasa pasiva Retroactividades

¿Quién es el actor?

Raúl Alberto Rodríguez, beneficiario de jubilación ordinaria otorgada bajo la ley 13.364, vigente al momento de su cese.

¿A quién se demanda?

Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

restablecimiento y reconocimiento de derechos previsionales, con declaración de inconstitucionalidad de los artículos 11 inc. c), e), i), j) y l), 23, 38, 39, 40, 41 y 42 de la ley 15.008, y liquidación del haber conforme al régimen anterior.

¿Qué se resolvió?

declaró la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008 en su aplicación concreta al caso, reconoció el derecho del actor a que su haber se liquide según el método de cálculo previo a la ley 15.008, desestimó la inconstitucionalidad del resto de las normas cuestionadas, rechazó el ajuste por inflación y la tasa activa, e impuso costas a la Caja.

¿Qué se resolvió?

por mayoría (votos de Milanta y Spacarotel; De Santis adhiere en lo sustancial), se rechazó el recurso de la demandada y se admitió parcialmente el de la actora, modificando el decisorio únicamente en la metodología de cálculo de las retroactividades: deben calcularse a valores actuales, con intereses computados desde cada devengamiento hasta la sentencia al 6% anual y, desde allí, a la tasa pasiva más alta que pague el Banco de la Provincia de Buenos Aires en depósitos a treinta días. Se confirmó lo restante. Costas de alzada: 80% a la demandada y 20% en el orden causado (en este punto, De Santis votó por el orden causado y Spacarotel adhirió a la propuesta de Milanta).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008, la Cámara siguió el precedente de la SCBA en causa I. 75.111 "Macchi": "prima facie analizada, se muestra contraria a uno de los pilares básicos que sustentan el sistema previsional provincial, cual es la necesaria proporción que debe existir entre el haber de pasividad y el de actividad, atendiendo a la naturaleza sustitutiva que cabe reconocer al primero respecto del segundo".

Respecto de la causa I. 75.223 BIS "Tripicchio": "ese diseño legislativo con reenvío al fin y al cabo genérico, indeterminado y maleable por un poder ajeno a la Provincia, no encuentra en principio justificación plausible en un ámbito que compromete derechos fundamentales preferentes y en el que, por implicancia, es menester priorizar la previsibilidad, la seguridad jurídica y la no regresividad".

Sobre la prescripción, se remitió al precedente "Altamura" de la misma Cámara, sin admitir el agravio de la actora.

En cuanto a los intereses, se aplicó la doctrina legal de la SCBA en "González" y "Gelvez" para actos administrativos ilegítimos en materia previsional, excluyendo la tasa activa pretendida por la actora.

Normas que cita

Fallos que cita

  • MACCHI, RUBÉN ÁNGEL C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ INCONSTITUCIONALIDAD LEY 15.008SCBA · 17/04/2019
  • TRIPICCHIOSCBA · 31/08/2021
  • GONZÁLEZSCBA
  • GELVEZSCBA
  • ALTAMURACCALP · 01/02/2024
  • IRIGOINCCALP · 18/06/2024
  • VILCHESCCALP · 05/10/2021
  • SANCHEZCCALP · 15/06/2021
  • MALACALZACCALP · 19/05/2022
  • ROSSISCBA · 14/09/2011
  • UBERTALLISCBA · 18/05/2016
  • VERASCBA · 18/04/2018
  • NIDERASCBA · 03/05/2018
  • FABIANOSCBA · 02/10/2002
  • MARENGOCCALP · 07/11/2019

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