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Cámara de Apelaciones

(E) ZAMIT MARIA ISABEL C/ MUNICIPALIDAD DE TRES DE FEBRERO Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ. RESP. ESTADO (DEL/CUAS.EXC.AUTOM.)

La actora reclamó daños y perjuicios por una obra ilegal levantada en el inmueble lindero y por la omisión municipal en su control. La Cámara modificó la sentencia de grado: mantuvo la responsabilidad de la Comuna, reconoció la condena concurrente frente a la actora con contribución interna 70/30, elevó los rubros de daño material, daño moral y desvalorización venal, y rechazó el pedido de demolición.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA DE APELACION EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - SAN MARTIN
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
SM1-14069-2026
Responsabilidad del estado Falta de servicio Policia edilicia Obligaciones concurrentes Contribucion entre codeudores Dano moral Desvalorizacion venal Deuda de valor Intereses Demolicion de obra clandestina

Actor (demandante): María Isabel Zamit.

¿A quién se demanda?

Weng Ruiying (propietario del inmueble donde se ejecutó la obra, declarado rebelde) y la Municipalidad de Tres de Febrero.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

resarcimiento de daños y perjuicios derivados de una obra construida en Lisandro de la Torre 1.961 (Caseros) sin planos aprobados, sin permiso de obra y en violación del FOS y FOT, y de la falta de servicio municipal en el control de la obra. En la aclaración del 20 de octubre de 2021 la actora precisó que reclamaba el resarcimiento económico y la adecuación de la obra a los planos aprobados.

¿Qué se resolvió?

condenó a Weng Ruiying (70%) y a la Municipalidad (30%) a abonar $600.000 por daños materiales y $300.000 por daño moral; rechazó la desvalorización venal; ordenó a la Comuna exigir la presentación de planos; fijó interés puro del 6% anual desde la mora (10/07/2018) hasta la sentencia y luego tasa pasiva del Banco Provincia; impuso costas en los mismos porcentajes.

Qué resolvió la Cámara: rechazó el pedido de deserción del recurso de la actora; rechazó la apelación de la Municipalidad, confirmando la existencia de falta de servicio y nexo causal; modificó la condena, que pasa a ser concurrente frente a la actora por el total, con contribución interna 70% Weng Ruiying / 30% Municipalidad; elevó daños materiales a $3.500.000 y daño moral a $1.500.000, a valores de la sentencia; admitió la desvalorización venal por $5.000.000, limitada al componente irreversible de pérdida de luz y ventilación naturales; rechazó el pedido de demolición por congruencia procesal y por ser potestad administrativa; fijó a la Comuna un plazo de sesenta días hábiles desde que quede firme para iniciar las actuaciones de regularización; precisó el cómputo de intereses (6% puro hasta la sentencia, luego tasa pasiva); rechazó la inconstitucionalidad del art. 7 de la Ley 23.928; confirmó lo demás, impuso costas de primera instancia a las demandadas en forma concurrente con la contribución interna, y las de segunda instancia a la Municipalidad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre la falta de servicio: "La falta de servicio no se define por la inactividad absoluta de la Administración sino por el funcionamiento irregular o defectuoso del servicio a su cargo, apreciado en concreto según la naturaleza de la actividad, los medios de que dispone, el vínculo que une a la víctima con el servicio y el grado de previsibilidad del daño."

Sobre la responsabilidad concurrente: "Esa pluralidad de causas fuente frente a un mismo objeto debido y un mismo acreedor configura obligaciones concurrentes, no solidarias... cada deudor responde frente al acreedor por la totalidad de la deuda, sin que le sea oponible la proporción interna."

Sobre el daño moral: "La reparación del daño no patrimonial no está subordinada al factor subjetivo de atribución, y procede tanto frente al obrar doloso como al culposo o al fundado en factores objetivos."

Sobre la desvalorización venal: "Reconocer simultáneamente el costo de la reparación y la pérdida de valor que esa misma reparación hace desaparecer importaría un doble resarcimiento del mismo perjuicio." La partida se admite sólo por la privación irreversible de luz y ventilación, según el dictamen pericial del ingeniero Fishkel, no impugnado.

Sobre la demolición: "Ordenar ahora la demolición importaría alterar los términos en que quedó constituida la relación procesal, con lesión del principio de congruencia y de la garantía de defensa en juicio."

Normas que cita

  • Ley 26.944Responsabilidad estatal
  • CCyCNarts. 772, 850, 851, 852, 768, 770, 1716, 1717, 1721, 1726, 1738, 1741, 1751, 1757, 1758, 1764, 1765, 1766 · Codigo civil y comercial de la nacion
  • Decreto-ley 6769 (Provincia De Buenos Aires)arts. 26, 27, 108
  • Ley 23.928art. 7 · Convertibilidad del austral
  • Ley 14.437 (Provincia De Buenos Aires)art. 51
  • Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)art. 31
  • Constitución Nacionalarts. 18, 19
  • Constitución (Provincia De Buenos Aires)arts. 15, 163
  • CCA (Provincia De Buenos Aires)arts. 12, 56, 57, 58, 63
  • CPCCN/CPCCPBA (Provincia De Buenos Aires)arts. 34, 163, 165, 260, 273, 274, 384

Fallos que cita

  • MazzitelliCámara Contencioso Administrativo San Martín
  • FiorentinoCámara Contencioso Administrativo San Martín
  • BarriosSCBA
  • VeraSCBA
  • NideraSCBA
  • UbertalliSCBA
  • CabreraSCBA
  • ValentínSCBA · 07/05/2008
  • JordánSCBA · 15/07/2015
  • GuardiaSCBA · 18/02/2021
  • SuárezCámara Contencioso Administrativo San Martín · 10/02/2026
  • TorreCámara Contencioso Administrativo San Martín · 08/07/2026
  • OcampoCámara Contencioso Administrativo San Martín · 05/05/2026
  • Del BeneCámara Contencioso Administrativo San Martín · 08/09/2026
  • Fallos 321:1124CSJN

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