VILOUTA ENRIQUE JOSE C/ MORALES BRAIAN NICOLAS S/ CONSIGNACION
El actor promovió demanda por consignación de sumas de dinero contra el demandado, en un expediente vinculado a un proceso por despido entre las mismas partes. El Tribunal del Trabajo N° 1 de Florencio Varela se declaró incompetente y dispuso la remisión de la causa al Tribunal del Trabajo N° 2 de Quilmes, en virtud de la acumulación resuelta por ese órgano.
¿Quién es el actor?
Enrique José Viloute.
¿A quién se demanda?
Braian Nicolás Morales.
Qué se reclama (Objeto): Consignación de sumas de dinero.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal se declaró incompetente para continuar entendiendo en las actuaciones, sin costas atento la naturaleza de la cuestión resuelta (art. 24 ley 15057). Ordenó desafectar las sumas consignadas invertidas a plazo fijo (certificado N° 606796/4), transferir el saldo y los intereses devengados a la cuenta judicial del Tribunal del Trabajo N° 2 de Quilmes, y radicar electrónicamente las actuaciones ante ese tribunal, remitiendo el expediente en soporte papel.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Con fecha 06/10/2026, se recibe en estos autos rogatoria procedente del Tribunal del Trabajo N°2 de Avellaneda [sic], OFICIO RECIBIDO (242402976008004972), por medio de la cual se solicita la remisión y radicación de las presentes actuaciones por ante dicho órgano colegiado, en virtud de haberse resuelto la acumulación de estos obrados con los que allí tramitan por despido entre las mismas partes." "Atento lo requerido por el Tribunal del Trabajo N° 2 de Quilmes, correspondería declarar la incompetencia de este órgano colegiado para seguir interviniendo en autos, disponiéndose la remisión de las presentes actuaciones al mencionado Tribunal, sin costas atento la naturaleza de lo que se resuelve (art. 24 ley 15057)." "En forma previa a la efectivización de la remisión propuesta, deberá oficiarse por Secretaría al Banco de la Provincia de Buenos Aires Suc. 5114 para que proceda a desafectar las sumas consignadas oportunamente invertidas a plazo fijo con certificado nro. 606796/4, cancelando su renovación automática, procediendo a trasferir el saldo resultante a la orden de este Tribunal en la cuenta Nro. 5138121 y CBU 0140039727511451381217."
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