MEDINA MARTIN NICOLAS C/ PROVINCIA ART S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
El actor reclamó la reparación de las secuelas incapacitantes derivadas de un accidente de trabajo ocurrido en septiembre de 2017, con base en la Ley de Riesgos del Trabajo y sus modificaciones. El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó a la aseguradora a abonar $10.570.000, validando el esquema de intereses de la ley 27.348 por no existir una desproporción que genere enriquecimiento sin causa.
¿Quién es el actor?
MARTIN NICOLAS MEDINA.
¿A quién se demanda?
PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. (PROVINCIA ART S.A.).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reparación por incapacidad psicofísica derivada de dos siniestros laborales (18.8.17 y 18.9.17), con acción de revisión de la resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional (Ley 15.057).
¿Qué se resolvió?
el Tribunal tuvo por verificado el siniestro del 18.9.17 y su secuela en relación causal laboral, con una incapacidad del 7,77% (lumbalgia crónica con limitación anátomo funcional), y rechazó la incapacidad vinculada al primer siniestro (lesión de muslo), que el perito no reconoció. Declaró abstracta la cuestión constitucional referida a la tabla de incapacidades (art. 9 ley 26.773), por no advertir agravio constitucional. Rechazó las defensas opuestas por la demandada y condenó a abonar $10.570.000 en diez días, con intereses a tasa activa del Banco de la Nación Argentina en caso de incumplimiento. Impuso las costas a la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...propongo tener por verificado el siniestro del 18.9.17 y su secuela en relación causal laboral del 7.77% de incapacidad por lesión lumbar."
Cálculo del art. 14 LRT: "$ 139.972,89 x 53 x 7,77 % x 2.24 = $ 1.291.186,08"; art. 3 ley 26.773: "$ 258.237,21"; total $1.549.423,29 actualizado a la fecha del fallo.
Sobre los intereses, el Tribunal aplicó la directriz de la SCBA en "Barrios": "...valorando para ello en este caso concreto sometido a decisión judicial la desproporción en la capacidad económica de las partes, el carácter alimentario del crédito de la parte actora, reparatorio de las consecuencias de un accidente de trabajo (deuda de valor)..."
Cotejo con los mínimos de la LRT: "Del cotejo de resultados, surge que el cálculo con intereses por tasa activa BN, si bien es superior al mínimo legal actual, no llega a diferir el 33%, porcentual que se toma como agravio constitucional en cuestiones patrimoniales." Por ello "propongo validar aquí la constitucionalidad del esquema de intereses vigente."
Las dos magistradas restantes adhirieron al voto de la Dra. Huguenin "por compartir sus fundamentos", por lo que la solución es unánime.
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Normas que cita
- Ley 24.557arts. 8, 14 · Ley de riesgos del trabajo
- Ley 26.773arts. 3, 9 · Riesgos del trabajo
- Ley 27.348arts. 11, 17 · Riesgos del trabajo
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)art. 12
- Ley 23.928Convertibilidad del austral
- CPCCNart. 375 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- CCyCNart. 499 · Codigo civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- BarriosSCBA
- GodonSCBA · 05/04/2017
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