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Primera Instancia

PEREZ LEONARDO DANIEL C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ RECURSO CONTRA DECISION COMISION MEDICA JURISDICCIONAL. LEY 14997

El actor promovió recurso contra decisión de la Comisión Médica Jurisdiccional en el marco de la Ley 14.997, y las partes arribaron a un acuerdo transaccional que el Tribunal homologó, con costas a la demandada y regulación de honorarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 5 ( EX T.T. N°2 ) - LANUS
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
19828
Homologacion de acuerdo Transaccion Ley 14.997 Comision medica jurisdiccional Art Costas Tasa de justicia Honorarios Caducidad de plazos Interes punitorio

¿Quién es el actor?

PEREZ LEONARDO DANIEL.

¿A quién se demanda?

PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

recurso contra decisión de la Comisión Médica Jurisdiccional (Ley 14.997).

¿Qué se resolvió?

el Tribunal homologó el acuerdo presentado por las partes (art. 15 LCT), impuso las costas a la demandada (art. 24 Ley 15.057), rechazó el pedido de eximición de Tasa de Justicia, fijó la Tasa de Justicia en el 2,2 % del capital conciliado más 5 % de sobretasa (Ley 15.563), reguló honorarios a los letrados intervinientes (Dres. Lezovsky y Lubovitsky, 34,18 Jus cada uno) y a los peritos (psicóloga, contador y médico, $200.000 cada uno).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En el acuerdo transaccional al que arriban las partes para poner fin al pleito, concurren los requisitos exigidos por la ley para su validez y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las mismas conforme se los plantearán en la controversia sometida a decisión del Tribunal y al estado actual de las presentes actuaciones."

"Consecuentemente, correspondería homologar el mismo (art. 15 L.C.T.) regulando los honorarios de los profesionales intervinientes e imponiendo las costas a la demandada (art. 24 Ley 15.057)."

"Se establece un interés punitorio diario del 0,30 % por cada día de mora, y claúsula de caducidad de plazos: la falta de pago de una de las cuotas hará exigible la totalidad del capital conciliado sin mediar interpelación judicial previa."

"El Dr. Miguel Angel Diaz Casas vota en igual sentido, por compartir los fundamentos. La Dra Marina L Lopez Bellot adhiere al voto del Juez del primer termino, por compartir la fundamentación dada."

Normas que cita

Fallos que cita

  • MORCILLO C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRESSCBA · 08/11/2017

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