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Primera Instancia

ANTONI CARLOS RENE C/ FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ ENFERMEDAD ACCIDENTE

El actor promovió demanda por enfermedad accidente contra el Fisco de la Provincia de Buenos Aires. El Tribunal del Trabajo Nro. 4 de La Plata desestimó por unanimidad el planteo de hecho nuevo invocado por el actor y decretó la caducidad de instancia por falta de actividad útil tras la intimación del artículo 11 de la Ley 15.057.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 4 - LA PLATA
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
18952
Caducidad de instancia Hecho nuevo Articulo 11 ley 15.057 Enfermedad accidente Procedimiento laboral bonaerense Costas con beneficio de gratuidad Honorarios Fiscalia de estado Instar Fisco de la provincia de buenos aires

¿Quién es el actor?

Carlos René Antoni.

¿A quién se demanda?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

enfermedad accidente (accidente del 31/10/2013, demanda presentada el 16/10/2015 y adecuada el 04/10/2017).

¿Qué se resolvió?

(i) desestimar el hecho nuevo invocado por el actor en su presentación del 13/07/2026; (ii) decretar la caducidad de instancia; (iii) imponer las costas al accionante con beneficio de gratuidad; (iv) regular honorarios a la letrada de la parte actora en 10 jus arancelarios, y no regular honorarios a la representación de la demandada por actuar la Fiscalía de Estado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En particular, del análisis de las constancias de autos, se desprende que la circunstancia referida en el escrito del actor de fecha 13/07/2026 en nada se vincula al siniestro denunciado en la demanda de estos obrados- accidente del 31/10/2013-, sino que se basa en la supuesta promoción de actuaciones administrativas aparentemente iniciadas en el año 2024, con motivo del reconocimiento de título y que en ningún modo remiten al marco fáctico temporal invocado en la demanda de autos, que data del 16/10/2015."

"En consecuencia, al no existir relación directa entre este fenómeno y los hechos motivo de este litigio, propongo desestimar el hecho nuevo invocado por el accionante (Art. 726 CCC; Art. 363 CPCC; Art. 89 L. 15.057), imponiendo las costas al actor, con beneficio de gratuidad (Art. 24 de la ley 15.057; Art. 39 C.P.)."

"Encontrándose vencido el plazo establecido por el Art. 11 de la Ley 15.057, este Tribunal por resolución de fecha 06/07/2026, que fuera notificada el 07/07/2026, intimó a la parte actora a que, en el término de cinco días, produzca actividad útil, bajo apercibimiento de decretar la caducidad de instancia (Cfr. Art. 11 L. 15.057). No obstante lo cual, vencido el plazo de intimación, el accionante no realizó acto con entidad suficiente para impulsar el presente proceso en su estado actual."

"...por 'instar' debe entenderse todo aquello que promueve el avance del proceso y sea congruente con la situación de la litis, lo que no acontece con los actos, solicitudes y peticiones inocuas o inoficiosas..."

"En relación al ofrecimiento probatorio realizado en el punto lll del escrito en estudio, tratándose de prueba documental, informativa y contable exclusivamente orientada al hecho nuevo invocado, entiendo que debe correr la misma suerte que aquél, al no revestir trascendencia para el análisis de la cuestión de fondo."

Los votos de los Dres. Martiarena y Gallese adhieren "compartiendo fundamentos", por lo que la solución es unánime.

Normas que cita

Fallos que cita

  • MORCILLO HUGO HECTOR C/ PROVINCIA DE BS. AS. S/ INCONST. DECR.-LEY 9020SCBA · 08/11/2017
  • ZUCCOLI, MARCELA A. C/ SUM S.A. S/ DAÑOS Y PERJUICIOSSCBA · 02/10/2002

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