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Primera Instancia

PADILLA YAMILA BEATRIZ C/ IL SOLE ALIMENTOS SIN TACC SRL S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

La actora promovió demanda laboral contra su empleadora, y las partes arribaron a un acuerdo conciliatorio por la suma de $6.000.000 a pagar en dos cuotas. El Tribunal del Trabajo Nº 4 de La Plata homologó la conciliación por considerar que no vulnera el orden público y constituye una justa composición de derechos conforme al art. 15 de la LCT.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 4 - LA PLATA
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
38893
Homologacion de convenio Conciliacion laboral Art. 15 lct Orden publico laboral Renuncia de derechos (art. 12 lct) Costas Honorarios profesionales Pago directo (art. 277 lct) Celeridad procesal Il sole alimentos sin tacc srl.

¿Quién es el actor?

Yamila Beatriz Padilla.

¿A quién se demanda?

Il Sole Alimentos Sin TACC SRL.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Homologación de convenio conciliatorio en el marco de un proceso laboral.

¿Qué se resolvió?

Homologar el acuerdo celebrado el 11/9/26 por la suma de $6.000.000, pagaderos en dos cuotas de $3.000.000 (la primera dentro de los dos días de notificado el acuerdo y la segunda el 21/10/2026). Costas a cargo de la demandada (art. 24 ley 15057). Regulación de honorarios de ambos letrados en 11,271 JUS. Pagos en forma directa a la cuenta bancaria de los beneficiarios (art. 277 LCT).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la conciliación arribada entre las partes el 11/9/26 no vulnera ningún principio de orden público, constituyendo una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional, conforme lo dispuesto en el art. 15 de la LCT."

"Que la renuncia genérica de derechos no tiene ningún valor (art. 12 L.C.T.)."

"Que la conciliación es una de las formas posibles de concluir el juicio y que el convenio conciliatorio hace a la celeridad procesal."

El voto de la Dra. Prado fue compartido por unanimidad por los demás integrantes del Tribunal.

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