PISANU FEDERICO C/ PROVINCIA ART S.A. S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
El actor interpuso recurso de aclaratoria contra la sentencia del 24/09/2026 por contradicción en la imposición de costas entre la segunda cuestión y la parte resolutiva. El Tribunal hizo lugar a la aclaratoria y dispuso que las costas sean impuestas a la accionada vencida.
¿Quién es el actor?
PISANU FEDERICO.
¿A quién se demanda?
PROVINCIA ART SA.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Autos caratulados "PISANU FEDERICO c/ PROVINCIA ART SA s/ FIJACION DE HONORSRIOS EXTRAJUCIALES" (Receptoría SN-5377-2026). El recurso se dirige contra la sentencia definitiva del 24/09/2026.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar al recurso de aclaratoria interpuesto por la parte actora (arts. 36 inc. 3º y 166 inc. 2º CPC, 17 Ley 11.653), aclarándose que en la parte resolutiva debe leerse que "... las costas del presente proceso sean impuestas a la accionada vencida (art. 1°, ley 27348; 24 ley 15.057)", debiendo estarse a la regulación de honorarios allí establecida. La decisión es unánime (votos de los Dres. Toraf, Aparisi y Quadranti).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Estimo que la aclaratoria en estudio resulta procesalmente admisible en tanto que, de acuerdo a lo autorizado por el art. 166, inc. 2 del C.P.C.C., por remisión del art. 65 de la ley 11.653, los jueces, o en este caso el Tribunal, se encuentra autorizado para corregir a pedido de parte, formulado dentro de los tres días de la notificación, cualquier error material o concepto oscuro de la sentencia, como así también suplir cualquier omisión en que se hubiere incurrido, sin que ello signifique alterar sustancialmente la misma."
"El remedio fue impetrado en término y la omisión se configuró, correspondiendo tratar el planteo en estudio."
"Dicho ello y habiendo incurrido en un error material, dése aclarado que en la parte resolutiva de la sentencia debe leerse (como se vota en la segunda cuestión) que "... las costas del presente proceso sean impuestas a la accionada vencida (art. 1°, ley 27348; 24 ley 15.057)", debiendo estarse a la regulación de honorarios allí establecida."
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Normas que cita
- Ley 27.348art. 1 · Riesgos del trabajo
- Ley 15.057 (Provincial)art. 24
- Ley 11.653 (Provincial)arts. 17, 65
- CPCC (Provincial)arts. 36 inc. 3, 143 inc. 1, 166 inc. 2
- Acordada 3845/17 (Provincial)arts. 4, 7, 11
- Acordada 3991/20 (Provincial)
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