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Primera Instancia

PAGLINO ANA MAILEN y otro/a C/ EXPERTA A.R.T. S.A. S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES

Los abogados Ana Mailén Paglino y Jerónimo Vives demandaron a Experta ART SA para que se les regulasen honorarios por su actuación en el expediente administrativo N° 159463/24 ante la Comisión Médica 31-B. El Tribunal del Trabajo N° 3 de San Nicolás rechazó la demanda regulatoria por carecer de causa que la justifique, imponió las costas a los actores y reguló honorarios a la Dra. Liliana María Spera.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 3 - SAN NICOLAS
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
SN-7321-2026
Demanda regulatoria de honorarios Honorarios profesionales Ley 27348 Comision medica Sede administrativa Falta de causa Costas Ley 14967 Jus Experta art sa

¿Quién es el actor?

Dra. Ana Mailén Paglino y Dr. Jerónimo Vives, por propio derecho y patrocinándose recíprocamente.

¿A quién se demanda?

Experta ART SA.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

regulación de honorarios por las tareas desarrolladas en sede administrativa (expediente N° 159463/24, trámite del art. 1° de la ley 27348 ante la Comisión Médica 31-B, Delegación San Nicolás), como letrados del trabajador dependiente de la empleadora asegurada.

¿Qué se resolvió?

rechazar la demanda regulatoria, imponer las costas a los actores y regular honorarios de la Dra. Liliana María Spera en la suma de 1,54 jus, equivalentes a $81.977,28, más adicionales de ley e IVA si correspondiere. Se dispuso practicar liquidación por Secretaría.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

¿Cómo votaron los jueces?

"Se presentaron los Dres. Ana M. Paglino y Jerónimo Vives, por propio derecho y a su vez patrocinándose recíprocamente, promoviendo demanda contra Experta ART SA, solicitando que le sean regulados sus emolumentos por las tareas desarrolladas en sede administrativa, concretamente, en el seno de los Expte. Administrativo N° 159463/24 y conforme su actuación allí como letrados del dependiente de la empleadora asegurada por la demanda."

"SFue recibo vía oficio el Expte SRT que da basamento al reclamo (N° 159436/24) de cuya lectura se advierte que los actores no han intervenido en su sustanciación, sino que lo ha hecho el Dr. Tomás Matta. Así las cosas, sin importar el resultado del trámite de mentas, corresponde rechazar sin más la demanda incoada, por carecer de causa justificante que la haga viable (art. 726, CCyC); las costas se imponen a los actores, perdidosos (arts. 68, CPCC, 24 y 89, ley 15057)."

Adhesión de los Dres. Toraf y Quadranti: adhieren "por compartir los fundamentos brindados por el distinguido colega que abre el sufragio", votando con igual sentido. Se trata de una decisión unánime.

Nota: el voto del Dr. Aparisi contiene una referencia numérica confusa ("expediente SRT N° 159436/24" frente al administrativo N° 159463/24) que no altera la solución adoptada.

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