ALBARENQUE HECTOR DAVID C/ LA SEGUNDA ART S.A. S/ APELACION DE RESOLUCION ADMINISTRATIVA
El actor promovió un reclamo en el marco de un proceso de apelación de resolución administrativa contra La Segunda ART S.A. El Tribunal del Trabajo Nº 3 de San Nicolás de los Arroyos homologó el acuerdo conciliatorio por la suma de $11.000.000, por considerar que constituye una justa composición de derechos e intereses de las partes.
¿Quién es el actor?
Héctor David Albarenque.
¿A quién se demanda?
La Segunda ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acuerdo conciliatorio arribado el 15/10/2026, por el cual la demandada abonará a la actora la suma de PESOS ONCE MILLONES ($11.000.000,00).
¿Qué se resolvió?
Homologación del acuerdo conciliatorio, imposición de costas a la demandada, regulación de honorarios de los letrados (Dr. Sebastián Fernando Vignoles: $2.200.000 y Dr. Bernardo Usero: $1.100.000) y del perito médico Ramón Alberto Albornoz ($550.000), intimación para el pago de tasa de justicia ($242.000) y sobretasa ($12.100), y disposiciones sobre modalidad de pago (cuenta sueldo, art. 17 ley 27.348) y caducidad de plazos ante incumplimiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El principio protectorio impera en el Derecho del Trabajo e informa la mayor parte de sus normas, ha sido elevado a la jerarquía constitucional por el art. 14 bis de la Constitución Nacional, se identifica plenamente con el orden publico laboral e inspira la irrenunciabilidad consagrada en el art. 12 de la LCT."
"Derivación de tal irrenunciabilidad es el art. 15 de la LCT que admite los acuerdos transaccionales, conciliatorios o liberatorios; no obstante, para su validez y eficacia, exige no sólo la intervención de la autoridad administrativa o judicial sino, también, la emisión de un favorable y fundamentado juicio de valor sobre la conveniencia y justicia de la solución alcanzada."
"Valorados los elementos preindicados estimo que la conciliación propuesta presenta una justa composición de derechos e intereses de las partes, por lo que la homologación pedida resulta procedente (arts. 15 de la LCT y 30, ley 15057)."
Los Dres. Quadranti y Aparisi votaron en el mismo sentido que el preopinante, por lo que la solución es unánime.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Constitución Nacionalart. 14 bis
- Ley 15.057 (Provincial)arts. 24, 30, 89
- CPCC (Provincial)art. 68
- Ley 27.348art. 17 · Riesgos del trabajo
- Ley 26.590Contrato de trabajo
- Ley 14.967 (Provincial)art. 54
- Decreto-ley 8904 (Provincial)arts. 14, 16, 21, 22, 23, 28, 43, 51, 54
- Ley 6.716 (Provincial)arts. 12, 22
- Ley 11.625 (Provincial)
- Ley 10.268 (Provincial)
- Ley 15.563 (Provincial)art. 2 inc. g
- Ley 12.207 (Provincial)art. 35 inc. e
- Ley 12.696 (Provincial)
- Decreto 1521 (Provincial)art. 1 inc. c ap. 3
- Ley 23.349arts. 3 inc. e, 9
- Ley 20.744
Fallos que cita
- G. M. de C. y otros c/ De Benedictis, Juan Antonio s/ Indemnización accidente de trabajoSCBA
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.