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Primera Instancia

PEREZ FEDERICO LEONEL C/ EXPERTA ART SA S/ EJECUCION DE HONORARIOS

El actor promovió una ejecución de honorarios contra Experta ART S.A. en el marco de un proceso laboral. El Tribunal de Trabajo N°3 de Quilmes homologó el acuerdo conciliatorio celebrado por las partes, con efectos de cosa juzgada, y dispuso el depósito del capital en una cuenta a nombre del actor, suspendiendo el plazo de pago hasta su acreditación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 3 - QUILMES
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
37444
Homologacion de acuerdo conciliatorio Ejecucion de honorarios Cosa juzgada Costas en el orden causado Tasa de justicia Deposito en cuenta bancaria Suspension del plazo de pago Actualizacion art. 276 lct Proceso laboral Experta art s.a.

¿Quién es el actor?

Federico Leonel Perez.

¿A quién se demanda?

Experta ART S.A., representada por el Dr. Federico Carlos Tallone.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución de honorarios (carátula "PEREZ FEDERICO LEONEL C/ EXPERTA ART SA S/ EJECUCION DE HONORARIOS").

¿Qué se resolvió?

Homologar el acuerdo conciliatorio celebrado por las partes, con los efectos de la cosa juzgada; declarar las costas en el orden causado; eximir a la demandada del pago de la tasa de justicia; intimar a la actora a denunciar una cuenta bancaria de su titularidad exclusiva para el depósito del capital, suspendiéndose el plazo de pago hasta su acreditación; y aplicar actualización en caso de incumplimiento conforme al art. 276 de la LCT (texto según art. 54 de la Ley 27.802).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"la conciliación a que arriban las partes para poner fin al proceso, no vulnera ningún principio de orden público y constituye, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes, tal cual se los plantea en la controversia sometida a decisión del Tribunal. En consecuencia la homologación solicitada resulta procedente (arts. 15 de la L.C.T.; 30 de la ley 15.057). Procede asimismo declarar las costas conforme con lo solicitado, con exención del pago del importe correspondiente a la tasa de justicia y sellados de la causa en razón del acuerdo logrado."

"Las Señoras Juezas, Dras. Silvia Cristina Bozzola y Silvia Ester Bártola, por análogas consideraciones, votan en el mismos sentido."

Parte resolutiva: "Homologar el acuerdo conciliatorio celebrado por las partes, cuyos términos se tienen por reproducidos, con los efectos de la cosa juzgada (artículo 15 de la ley de Contrato de Trabajo; 30 de la ley 15.057)."

Normas que cita

  • Ley 15.057 (Provincial)art. 30
  • Ley 27.348art. 17 · Riesgos del trabajo
  • Ley 27.802art. 54 · Ley de modernizacion laboral
  • Ley 14.967 (Provincial)art. 54
  • CPCCNart. 73 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 20.744

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