PAGLINO ANA MAILEN C/ PROVINCIA ART SA S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
La Dra. Ana Mailen Pagliano reclamó la regulación de sus honorarios profesionales por su actuación oficiosa en el expediente administrativo ante la Comisión Médica N° 31 B, contra Provincia ART S.A. El Tribunal del Trabajo N° 2 hizo lugar a la demanda y reguló los honorarios en 48,93 JUS arancelarios, por mayoría, aplicando la Resolución SRT 298/17 y la Ley 14.967.
¿Quién es el actor?
Dra. Ana Mailen Paglino, por derecho propio, con patrocinio del Dr. Jerónimo Vives.
¿A quién se demanda?
Provincia ART S.A., representada por el Dr. Federico Kolberg.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
regulación de honorarios por las actuaciones oficiosas en el expediente administrativo N° 557949/25, tramitado ante la Comisión Médica N° 31 B (delegación San Nicolás) por "divergencia en la determinación de la incapacidad" del trabajador Lucas Miguel Federici, patrocinado por la actora.
Resolución: el Tribunal hizo lugar a la demanda y reguló honorarios en 48,93 JUS arancelarios, con más su adicional de ley (arts. 44 y 55 de la Ley 14.967), a cargo de la demandada. Impuso las costas a la demandada (art. 24 de la Ley 15.057), intimó al pago de la tasa de justicia y su contribución del 5%, e impuso la modalidad de pago por transferencia directa a los profesionales.
¿Cómo votaron los jueces?
el voto del Dr. Brasi fundó la regulación en el art. 37 de la Resolución SRT 298/17, que prevé honorarios de la actuación oficiosa a cargo de las ART cuando se reconoce la pretensión, y en los parámetros de los arts. 21, 44 inc. b y 55 de la Ley 14.967, tomando como base arancelaria la suma de $15.321.729,70 reconocida y abonada al trabajador. Rechazó el pedido de intereses por no encontrarse la demandada en mora (art. 768 a contrario sensu del CCyC).
¿Cómo votaron los jueces?
coincidió con la solución de hacer lugar, pero propuso reducir la regulación a $3.064.345,94 (43,17 JUS), equivalente a la suma reducida en un 25%, por aplicación del criterio que sostiene en causas análogas del Tribunal del Trabajo N° 3 Departamental (SCBA, Ac. 4200/2025, arts. 21, 44 y 45 de la Ley 14.967). Esta propuesta no prevaleció.
Resolución final: hacer lugar a la demanda, regular 48,93 JUS, imponer costas a la demandada e intimar al pago de tasa de justicia.
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Normas que cita
- Ley 27.348art. 1 · Riesgos del trabajo
- Resolución 298/17art. 37
- Ley 14.967 (Caba)arts. 21, 44, 45, 54, 55
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)arts. 1, 8, 24
- Ley 6.716 (Provincia De Buenos Aires)arts. 21, 22
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 26.773Riesgos del trabajo
- CCyCNarts. 768, 552 · Codigo civil y comercial de la nacion
- Ley 10.397 (Provincia De Buenos Aires)arts. 295, 296
- Ley 15.563 (Provincia De Buenos Aires)
- Acordada 4200/2025 (Provincia De Buenos Aires)
- Acordada 4013/21 (Provincia De Buenos Aires)
- Acordada 4039/21 (Provincia De Buenos Aires)
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