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Primera Instancia

MAKARENKO CRISTIAN MIGUEL C/ LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL

El actor promovió acción laboral por enfermedad profesional (hernia discal lumbosacra, cervicobraquialgia y reacción vivencial anormal neurótica) contra su aseguradora de riesgos del trabajo, impugnando el dictamen de la Comisión Médica que había determinado el carácter no profesional de las patologías. El Tribunal de Trabajo revocó el dictamen, reconoció una incapacidad parcial y permanente del 20,67% t.o. de origen laboral y condenó a la aseguradora al pago de $62.058.757.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 1 - SAN MARTIN
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
56247
Enfermedad profesional Revision de dictamen de comision medica Incapacidad laboral permanente parcial Nexo causal Microtraumatismo repetido Ley 24.557 Ley 27.348 Ingreso base (vib) Inconstitucionalidad abstracta Aseguradora de riesgos del trabajo

¿Quién es el actor?

CRISTIAN MIGUEL MAKARENKO, operario de producción, matricero y operario metalúrgico de MOLAIKE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA desde el 01/07/2003.

¿A quién se demanda?

LA SEGUNDA A.R.T. S.A., aseguradora de riesgos del trabajo de la empleadora.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

revisión del dictamen de la Comisión Médica N°38 (expedientes SRT N° 003102/25 y 003108/25), que había determinado el carácter NO PROFESIONAL de la enfermedad denunciada con fecha de primera manifestación invalidante 25/06/2024, y reclamo de las prestaciones de la Ley 24.557 correspondientes.

¿Qué se resolvió?

revocar lo dictaminado por la Comisión Médica y establecer que el actor posee una incapacidad parcial y permanente del 20,67% t.o., con relación causal con las tareas prestadas para su empleadora. Condenar a la aseguradora a pagar $62.058.757 en diez días desde la notificación, con intereses por mora según tasa activa del Banco de la Nación Argentina a treinta días, capitalizables semestralmente. Costas a la demandada vencida y diferimiento de la regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Con respecto a la relación de causalidad de las patologías que presenta el actor y las tareas desarrolladas para su empleador en su calidad de operario de producción, matricero y operario metalúrgico, con la prueba testimonial rendida en la oportunidad de la audiencia de Vista de Causa por personas que han sido compañeros de trabajo del accionante por lo que han tenido conocimiento directo de los hechos sobre los que han depuesto, se ha acreditado la modalidad de prestación de tareas descripta de la demanda. Ello fue corroborado por la pericia técnica agregada a autos que concluye, en coincidencia con lo plasmado en las actuaciones administrativas, que se halla presente el agente de riesgos 80011 que implica tareas que requieren de movimientos repetitivos y/o posiciones forzadas de la columna vertebral lumbosacra que en su desarrollo requieren levantar, trasladar, mover o empujar objetos pesados."

"[...] desde lo fisiopatológico, las tareas descriptas [...] constituyen el mecanismo idóneo de microtraumatismo repetido sobre el disco intervertebral: la carga axial reiterada y la flexo-rotación del tronco bajo peso elevan la presión intradiscal, fisuran el anillo fibroso y conducen a la protrusión, proceso que no se produce por un esfuerzo único sobre tejido sano sino por exposición acumulada a lo largo de años. Asimismo considera que, en cuanto al nexo causal, concurren los cuatro criterios clásicos: topográfico [...]; cronológico [...]; de idoneidad del mecanismo [...]; y de exclusión [...]."

"En definitiva concluyo que la modalidad de prestación de tareas del accionante durante 21 años configura en la especie agente de riesgo idóneo para producir las patologías columnarias corroboradas en autos y por lo tanto el carácter de enfermedades profesionales de las mismas dado que guardan relación directa con las tareas desarrollas por el actor en su puesto de trabajo."

"Señalo que atento los lineamientos de la SCBA en el precedente 'Musychuk, Claudio Ruben c/ La Segunda Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. s/ accidente de trabajo - acción especial' (L.129.800, sentencia del 14-7-2025), [...] resultan inaplicables en la especie las previsiones del DNU 669/19."

"Atento el marco de revisión de esta instancia, [...] los planteos de inconstitucionalidad interpuestos por la parte actora resultan abstractos."

"Tampoco resulta procedente la aplicación de la doctrina establecida por la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires en el expediente C 127.096 [...] toda vez que la Ley de Riesgos del Trabajo (texto Ley 27.348) prevé un mecanismo específico de actualización para el cálculo del Valor del Ingreso Base (V.I.B.) a la fecha del siniestro, al que se adiciona el interés legal correspondiente."

"Asimismo, corresponde admitir el reclamo de pago de la indemnización adicional de pago único [...] equivalente al veinte por ciento (20%) de la suma determinada precedentemente prevista por el art. 3 de la ley 26.773 en atención a que el daño se produjo en el lugar de trabajo."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Musychuk, Claudio Ruben c/ La Segunda Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. s/ accidente de trabajo - acción especialSCBA · 14/07/2025
  • Barrios Héctor Francisco y otra c/ Lascano Sandra Beatriz y otra s/ daños y perjuiciosSCBA · 27/04/2024

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