IBARRA MIGUEL ANGEL RAMIREZ Y OTROS C/ CAJA DE RETIROS, JUBILACION Y PENSIÓN DE LAS POLICIAS DE LA PROV. Y OTRO/A S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO
Se promovió pretensión de restablecimiento o reconocimiento de derechos en materia de empleo público contra la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires. El Tribunal aclaró de oficio la fecha de prescripción consignada en la sentencia del 15 de septiembre de 2026, corrigiendo el corte de las sumas prescriptas al 14/08/2022.
¿Quién es el actor?
Miguel Angel Ibarra y otros (Ramirez y otros), según la carátula.
¿A quién se demanda?
Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires y otro/a demandado/a (la carátula no identifica al segundo).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
pretensión de restablecimiento o reconocimiento de derechos (empleo público).
¿Qué se resolvió?
el Tribunal resolvió aclarar el punto VI.b, último párrafo, del Considerando de la sentencia del 15 de septiembre de 2026. Donde decía que las sumas devengadas con anterioridad al 14/08/2024 se encontraban prescriptas, debe decir que las sumas devengadas con anterioridad al 14/08/2022 se encuentran prescriptas. Se mantiene que la interrupción de la prescripción operó el 14/08/2024 con la interposición de la demanda, conforme el art. 59 de la ley 13236. Se ordenó registrar en relación a la causa número 2795 y notificar a las partes de manera automatizada (arts. 77 inc. 1 del C.C.A., 135 inc. 12 y 483 del C.P.C.C., Ac. SCBA 4013/21).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
el Tribunal reconoce que la fecha de prescripción fue mal consignada en la sentencia original ("Siendo que ha sido mal consignado la fecha de prescripción en el punto VI.b ultimo párrafo del CONSIDERANDO, corresponde aclarar la la misma en la sentencia mencionada ut supra, en su parte correspondiente"). El fundamento de la corrección es el error material en la fecha, sin desarrollo de argumentos adicionales en el texto.
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Normas que cita
- Ley 13236 (Provincia De Buenos Aires)art. 59
- CPCCNarts. 135, 483 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Ac. SCBA 4013/21 (Provincia De Buenos Aires)
- Código Contencioso Administrativo (C.C.A.) (Provincia De Buenos Aires)art. 77 inc. 1
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