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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ CONCA JUAN ANTONIO S/APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió juicio de apremio contra Juan Antonio Conca por el cobro de un crédito fiscal de $ 12.106,50. El Tribunal, ante la falta de oposición de excepciones legítimas, mandó llevar adelante la ejecución con más intereses desde la demanda e impuso las costas a la vencida.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 3 - LA PLATA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
22219
Apremio provincial Ejecucion fiscal Credito fiscal Codigo fiscal Articulo 104 Intereses Ley 13.406 Excepciones Costas Administrativo

¿Quién es el actor?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

CONCA, JUAN ANTONIO, intimado de pago en el domicilio de calle Liniers Nº 555, Ensenada, Provincia de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de un crédito fiscal por PESOS DOCE MIL CIENTO SEIS CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 12.106,50).

¿Qué se resolvió?

el Tribunal mandó llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago del capital reclamado, con intereses conforme el artículo 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (03/12/13) hasta su efectivo pago; impuso las costas a la vencida y difirió la regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Habiendo sido el demandado CONCA, JUAN ANTONIO intimado de pago en el domicilio de calle Liniers Nº 555, Ensenada, Provincia de Buenos Aires (ver mandamiento digital adjunto) y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.)."

"Por ello, conforme lo solicitado, las constancias obrantes en autos y lo dispuesto en la ley 13.406 y en los artículos 540, 549 y concs. del C.P.C.C., RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado CONCA, JUAN ANTONIO haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires del capital reclamado de PESOS DOCE MIL CIENTO SEIS CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 12.106,50). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda, -día 03/12/13- y hasta su efectivo pago."

"2) Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (art. 22 ley 13406 y arts 1,2,9, 10 y concs ley 14967 y modificatorias)."

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