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Primera Instancia

CORELLANO PATRICIA NOEMI Y OTRO/A C/ INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL Y OTRO/A S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO

Las actoras reclamaron el reconocimiento de la bonificación por antigüedad al 3% sobre la totalidad de sus años de servicio, impugnando las leyes de presupuesto que la redujeron entre 1996 y 2005. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad de las normas cuestionadas por ausencia de emergencia y por violar la progresividad y la igualdad, y ordenó el reajuste de haberes y el pago de diferencias.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 3 - LA PLATA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
72465
Empleo publico Bonificacion por antiguedad Inconstitucionalidad Progresividad Igualdad Intangibilidad salarial Emergencia Prescripcion bienal Reajuste previsional Jubilacion

¿Quién es el actor?

Patricia Noemí Corellano y Liliana Mabel Farías, ex agentes del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, jubiladas.

¿A quién se demanda?

Provincia de Buenos Aires (Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires) y el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reconocimiento y liquidación de la bonificación por antigüedad al 3% respecto de la totalidad de los años de servicio, con diferencias salariales e intereses; impugnación de las leyes 11739, 11905, 12062, 12232, 12396, 12575, 13154 y 13354, y del decreto 240/96.

¿Qué se resolvió?

el Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad de los artículos 42 de la ley 11739, 1 del decreto 240/96, 37 de la ley 11905, 29 de la ley 12062, 27 de la ley 12232, 27 de la ley 12396, 24 de la ley 12575, 24 de la ley 13154 y los artículos 1 y 2 de la ley 13354; ordenó al Poder Judicial abonar diferencias a Farías hasta su jubilación y al IPS readecuar los haberes previsionales de ambas al 3%, con diferencias desde el 01/05/2024 (Farías) y desde el 06/08/2022 (Corellano); aplicó prescripción bienal; fijó intereses del 6% anual puro y, desde la firmeza, tasa pasiva del Banco Provincia; impuso costas a la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...las normas impugnadas, que establecieron la suspensión y disminución del porcentaje correspondiente a la bonificación por antigüedad, no se adoptaron en el contexto de la emergencia declarada por la ley 12727..." Con relación al año 1996, el Tribunal señaló que "...la inconstitucionalidad es aún más evidente. Se trata, como sostiene Rivas, 'de la supresión absoluta e indefinida de un derecho adquirido, confiscación que, por esa razón, se encuentra vedada por el art. 17 de la CN'".

Sobre la progresividad: "la disminución en el porcentual de la bonificación constituye un retroceso en la composición de la remuneración, incompatible con el principio consagrado en la Constitución Provincial y en los tratados internacionales antes citados."

Sobre la igualdad: la exclusión de magistrados y de docentes "viola el principio de igualdad (art. 11 Const. Pcial.), toda vez que no se advierten circunstancias relevantes para establecer un tratamiento diferenciado..." salvo la intangibilidad de la remuneración de los magistrados.

Sobre la prescripción: se aplicó el artículo 2562 inc. c) CCCN respecto del Poder Judicial y el artículo 62 del decreto ley 9650/80 respecto del IPS, con corte de las sumas anteriores al 06/08/2022.

Normas que cita

  • Ley 11739 (Provincial)art. 42
  • Decreto 240 (Provincial)art. 1
  • Ley 11905 (Provincial)art. 37
  • Ley 12062 (Provincial)art. 29
  • Ley 12232 (Provincial)art. 27
  • Ley 12396 (Provincial)art. 27
  • Ley 12575 (Provincial)art. 24
  • Ley 12727 (Provincial)art. 21
  • Ley 12874 (Provincial)art. 25
  • Ley 13002 (Provincial)art. 23
  • Ley 13154 (Provincial)arts. 24, 25
  • Ley 13354 (Provincial)arts. 1, 2
  • Constitución Nacionalarts. 14 bis, 16, 17
  • Constitución (Provincial)arts. 11, 39 inc. 1, 39 inc. 3, 173, 175, 189
  • Decreto-ley 9650 (Provincial)art. 62
  • Ley 26.994

Fallos que cita

  • TobarCSJN · Fallos 325:2059
  • GuidaCSJN · Fallos 323:1566
  • MüllerCSJN · Fallos 326:1138
  • LedesmaSCBA · 11/09/2025
  • González, Juan CarlosSCBA · 06/11/2019
  • BarriosSCBA · 17/04/2024
  • ValentiCCALP · 14/06/2018
  • Ubertalli CarboninoSCBA · 18/05/2016
  • IsaacSCBA · 08/07/1997
  • Clares, Miguel ÁngelSCBA · 22/02/2006
  • SanchoSCBA
  • Bernal de PalacioSCBA · 29/12/1998

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