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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ HEIZENRREDER CLAUDIO ENRIQUE S/ APREMIO PROVINCIAL

Se promovió ejecución fiscal (apremio provincial) por el Fisco de la Provincia de Buenos Aires contra Claudio Enrique Heizenrreder por un capital de $2.565.676,50. Ante la falta de excepciones legítimas opuestas por el demandado dentro del plazo legal, el tribunal mandó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro, con intereses a la tasa que fije el Poder Ejecutivo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1 - SAN MARTIN
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
57976
Ejecucion fiscal Apremio provincial Falta de excepciones Llevar adelante la ejecucion Trance y remate Intereses Tasa banco provincia Ley 13.406 Codigo procesal civil y comercial Honorarios diferidos

¿Quién es el actor?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

Claudio Enrique Heizenrreder.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de capital de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS CON 50/100 ($2.565.676,50), más intereses.

¿Qué se resolvió?

"No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal para hacerlo, el que se encuentra vencido según informa la actuaria en éste acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del CPCC según art. 25 de la Ley 13.406)." Luego, "Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor CLAUDIO ENRIQUE HEIZENRREDER haga integro pago a su acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES del capital reclamado de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS CON 50/100 ($2.565.676,50) con mas un interes anual calculado a partir de la fecha de interposición de la demanda- (conforme art. 95 ult. Pfo. ley 13.405)..."

Intereses: el tribunal fija el interés según "la tasa vigente que perciba el Banco de la Provincia de Buenos Aires en acuerdos para el sobregiro en cuenta corriente bancaria, incrementada en hasta un ciento cincuenta por ciento (150%), que será establecido por el Poder Ejecutivo a través de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (conf. art. 104 de la Ley 10.397 texto actualizado según Ley 14.394)."

Honorarios: "difiriéndose la pertinente regulación de honorarios para la oportunidad prevista en el art. 51 de la Ley 14.967."

Notificación: "déjase constancia que la diligencia de intimación de pago se efectivizó en la calle FISCAL: CALLE AV. DEL SESQUICENTENARIO - NRO. 4949 - CP. 1613 - LOC. ING.PABLO NOGUES, Provincia de Buenos Aires."

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