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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ REICHERT PABLO ANDRES Y OTRO/A S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió juicio de apremio contra Noelia Ana Oliveira y Pablo Andrés Reichert por una deuda de $1.393.003,30 más intereses. El Tribunal, por no haberse opuesto excepciones legítimas, mandó llevar adelante la ejecución y ordenó el trance y remate hasta el pago íntegro.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1 - SAN MARTIN
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
58584
Apremio provincial Ejecucion fiscal Trance y remate Llevar adelante la ejecucion Excepciones Perdida del derecho a oponer excepciones Intereses Tasa banco provincia Honorarios diferidos Fisco provincial

¿Quién es el actor?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

Noelia Ana Oliveira y Pablo Andrés Reichert.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de capital de $1.393.003,30 con más intereses hasta el pago efectivo.

¿Qué se resolvió?

Ante la falta de oposición de excepciones legítimas dentro del plazo legal, se declaró perdido el derecho de los demandados a hacerlo (arts. 116 y 155 del CPCC, según art. 25 de la Ley 13.406). Por ello, se mandó llevar adelante la ejecución hasta el integro pago al acreedor, con intereses anuales desde la fecha de interposición de la demanda (art. 95 último párrafo, Ley 13.405), a la tasa fijada conforme art. 104 de la Ley 10.397 (texto según Ley 14.394). Se dispuso que la liquidación contenga planilla con la evolución de la tasa, y que la regulación de honorarios se difiera para la oportunidad del art. 51 de la Ley 14.967.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal para hacerlo, el que se encuentra vencido según informa la actuaria en éste acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del CPCC según art. 25 de la Ley 13.406)."

"Por ello, de conformidad con lo pedido en el escrito inicial y lo dispuesto por los arts. 540, 549, 556 del CPCC, y art. 10 ult. Pfo. y 25 de la Ley 13.406 FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto los deudores NOELIA ANA OLIVEIRA y PABLO ANDRES REICHERT hagan integro pago a su acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES del capital reclamado de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL TRES CON 30/100 ($1.393.003,30)..."

Se dejó constancia de que las diligencias de intimación de pago se efectivizaron en el domicilio indicado, conforme Acordada 2514 de la SCBA.

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