COSTAS , JOSÉ LUIS C/ CAPÍTULO I S.A. S / DAÑOS Y PERJUICIOS
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de una agresión sufrida en la puerta de un local bailable, atribuida a un hombre apostado junto a los controladores de admisión. El Tribunal hizo lugar a la demanda contra los herederos del explotador por responsabilidad como principal del agresor y por culpa en la organización del control de acceso, fijando una indemnización de $ 21.792.800 con intereses.
¿Quién es el actor?
José Luis Costas.
¿A quién se demanda?
Jorge Daniel Bielle (fallecido, continuado por sus herederos Alejo Bielle y Tomás Bielle, con la limitación del art. 2317 del Código Civil y Comercial); Capítulo I S.A. (demanda rechazada); Patricia Mónica Suárez Rotger (demanda rechazada por falta de legitimación pasiva, al estar divorciada del causante desde 2003); Federación Patronal Seguros S.A., citada en garantía.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reparación de daños y perjuicios derivados de una agresión física ocurrida el 16 de agosto de 2013, alrededor de las 02:05, en la puerta del local bailable ubicado en Av. Hipólito Yrigoyen 4064 de Lanús. Se reclamaban $ 899.000 con intereses y costas, y lo que resultara de la prueba.
¿Qué se resolvió?
se hizo lugar a la demanda contra Jorge Daniel Bielle (continuada por sus herederos) y se condenó a abonar $ 21.792.800, con más intereses (6% anual desde el hecho hasta la sentencia, y luego la tasa pasiva más alta del Banco de la Provincia de Buenos Aires). Se extendió la condena a la aseguradora en la medida del contrato. Se rechazó el planteo de inconstitucionalidad de los arts. 7 y 10 de la ley 23.928. Se rechazaron los rubros de tratamientos médicos futuros.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Quien explota el local en cuya puerta se produjo el hecho es, en abstracto, el sujeto pasivo de la acción del art. 1113 del Código Civil; si responde o no depende de la prueba y se analiza en el fondo."
"Las imágenes muestran a un hombre que ya estaba en la puerta con los controladores, que interviene en el conflicto de admisión que ellos abrieron y que lo resuelve con un golpe. (…) Su relato quedó sin ninguna prueba que lo sostenga y con una que lo desmiente."
"El hombre que golpeó al actor estaba apostado en la puerta del local junto a los dos controladores de admisión, en el sector reservado a ellos. Intervino en el acto de admisión que los controladores ejecutaban, para hacer efectiva por la fuerza la negativa que ellos sostenían, y los controladores lo dejaron hacer. (…) Esa es la conducta de quien integra el dispositivo de seguridad de acceso del local, cualquiera sea el título formal de su vinculación con el explotador."
"Aun si se prescindiera de la dependencia del agresor, la responsabilidad de Bielle subsiste por su propia culpa en la organización del control de acceso (art. 1109 del Código Civil)."
"Una fractura del macizo facial tratada con material de fijación permanente es una lesión seria que deja secuela, y el porcentaje asignado está dentro de lo que los baremos usuales prevén para ese tipo de consolidación."
Respecto del archivo de la IPP: "Ese archivo no es una sentencia absolutoria y no produce los efectos del art. 1103 del Código Civil; es una decisión provisoria, dictada bajo el estándar de la prueba penal y centrada en la identidad de una persona determinada, que no decide si el hecho existió ni quién debe responder civilmente por él."
Respecto de la excepción de falta de legitimación pasiva de Bielle: se rechazó con costas por su orden, al haber perdido objeto con la ampliación de la demanda contra él como titular de la explotación.
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Normas que cita
- Civilarts. 1113, 1109, 1111, 1103, 1078, 1086, 901, 903, 904, 1068, 1069, 1083, 622, 623 · Codigo civil
- Civil y Comercialarts. 2317, 2433, 2437, 1775, 1748, 772, 768, 7, 3
- Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires (Provincia De Buenos Aires)arts. 68, 59, 62, 60, 165, 375, 384, 385, 456, 457, 472, 473, 474, 481, 482
- Ley 17418arts. 46, 47, 110, 118 · Seguros
- Ley 26370Espectaculos publicos
- Ley 14050 (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 23928arts. 7, 10 · Convertibilidad del austral
- Ley 25561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
- Ley 14967 (Provincia De Buenos Aires)arts. 23, 51
- Ley 24283
- Ley 24432Honorarios profesionales
- Constitución Nacionalart. 42
- Penalart. 90
- Procesal Penal de la Provincia de Buenos Aires (Provincia De Buenos Aires)art. 268
- Decreto 659
- Ley 26.994
Fallos que cita
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