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Primera Instancia

CONSORCIO DE COPROPIETARIOS DE CALLE 54 N° 541 C/ MUNICOY RUBEN GUSTAVO Y OTRO/A S/ COBRO EJECUTIVO DE EXPENSAS

La actora promovió ejecución de expensas comunes y extraordinarias por $1.346.013 contra los copropietarios de la unidad funcional N° 10. El Juzgado rechazó las excepciones de prescripción y pago documentado, mandó llevar adelante la ejecución por el capital reclamado con intereses al 5% mensual, y rechazó la actualización monetaria pretendida conforme la doctrina Barrios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº19 - LA PLATA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
LP-43711-2018
Cobro ejecutivo de expensas Propiedad horizontal Prescripcion bienal Reconocimiento de deuda Interrupcion de la prescripcion Pago documentado Intereses reglamentarios Tasa activa Doctrina barrios Actualizacion monetaria.

¿Quién es el actor?

Consorcio de Copropietarios de calle 54 N° 541 de La Plata.

¿A quién se demanda?

Rubén Gustavo Municoy y Érica Silvana Dorney, propietarios de la unidad funcional N° 10 (tercer piso, calle 54 N° 541).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro ejecutivo de expensas comunes y extraordinarias devengadas entre febrero de 2015 y mayo de 2025, reclamadas mediante la demanda original (3/7/2018) y tres ampliaciones (21/8/2019, 30/12/2021 y 3/6/2026), por un capital total de $1.346.013, con más intereses.

¿Qué se resolvió?

se rechazaron las excepciones de prescripción y pago documentado opuestas por Municoy, con costas a su cargo; se mandó llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago del capital de $1.346.013 con intereses del 5% mensual, sujeto al límite de una vez y media la tasa activa del Banco Nación, con cómputo del pago de $11.340 al practicarse la liquidación; se rechazó el pedido de actualización monetaria por aplicación de la doctrina "Barrios" (costas por su orden).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Prescripción: "tratándose de deudas por expensas comunes, el plazo de prescripción es de dos años, conforme lo establecido por el art. 2562, inc. c), del Código Civil y Comercial de la Nación." Sin embargo, "el reconocimiento documentado produjo efectos sobre el curso de la prescripción respecto de las obligaciones comprendidas en el acuerdo", con fundamento en el art. 2545 CCyCN, "en cuanto dispone que el curso de la prescripción se interrumpe por el reconocimiento que el deudor efectúa del derecho de aquel contra quien prescribe". Además, "la carta documento remitida el 18 de abril de 2018 produjo la suspensión del curso de la prescripción en los términos del art. 2541 del Código Civil y Comercial de la Nación, sin perjuicio de que dicho efecto suspensivo no podría, por sí solo, hacer renacer una prescripción ya cumplida."

Pago documentado: "corresponde distinguir entre la existencia del pago y el alcance cancelatorio que cabe atribuirle respecto del crédito ejecutado. El recibo acredita la percepción del importe como cuota del convenio, pero no permite determinar de manera precisa cómo debe imputarse dicha suma a los distintos conceptos y períodos que integran la presente ejecución, ni establecer el saldo definitivo de la obligación." Por ello, la suma será computada en la liquidación definitiva "a fin de evitar que el cobro exceda el saldo realmente adeudado".

Intereses: se aplica el interés del 5% mensual previsto en el reglamento de copropiedad, modificado por asamblea del 22 de abril de 2014, "en la medida que la sumatoria no supere el equivalente a una vez y media la tasa que cobra el Banco de la Nación Argentina para las operaciones de descuento a treinta días" (tasa activa), conforme art. 161 de la Constitución Provincial, art. 768 inc. c) CCyCN y arts. 7 y 10 de la ley 23.928.

Doctrina "Barrios" (SCBA, C. 124.096, 17/4/2024): el Tribunal sostiene que "no basta con invocar genéricamente el proceso inflacionario para incorporar, sin un examen específico de su procedencia y compatibilidad con los accesorios reclamados, un mecanismo de actualización adicional al régimen de intereses ya acordado", y que "no corresponde admitir la actualización monetaria solicitada en esta instancia".

Normas que cita

  • CCyCNarts. 2048, 2562, 2545, 2541, 724, 865, 870, 900, 768 · Codigo civil y comercial de la nacion
  • Ley 23.928arts. 7, 10 · Convertibilidad del austral
  • Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)art. 41
  • CPCCBA (Provincia De Buenos Aires)arts. 34, 36, 68, 518, 529, 540, 542, 547, 556
  • Constitución (Provincia De Buenos Aires)art. 161

Fallos que cita

  • BARRIOS, HÉCTOR FRANCISCO Y OTRA C/ LASCANO, SANDRA BEATRIZ Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOSSCBA · 17/04/2024

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